
El Ministerio de Hacienda presentó ante la Asamblea Legislativa, este 23 de julio, un proyecto de ley que propone eliminar el nivel mínimo de tributación de los cigarrillos, como parte de las iniciativas que impulsa el Gobierno para fortalecer el combate contra el contrabando y la evasión fiscal.
Actualmente, el artículo 31 de la Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud (9028) establece un “piso” mínimo de tributación equivalente al 85% de la suma total de tres impuestos pagados por la categoría de cigarrillos más vendida del país: el impuesto selectivo de consumo (ISC), el impuesto al Instituto de Desarrollo Agrario (hoy Instituto de Desarrollo Rural, Inder) y el Impuesto General sobre las Ventas, hoy denominado impuesto al valor agregado (IVA).
Para entender cómo funciona este mecanismo, veamos un ejemplo hipotético. Si la suma de esos impuestos aplicados a la categoría de cigarrillos más vendida fuera de ¢800, el nivel mínimo de tributación para los demás productos no podría ser inferior a ¢680.
“(Hoy en día) la cajetilla de cigarrillos que más se vende en el país se toma como referencia, si es la más cara, pues entonces todos los demás cigarros, aunque sean más baratos, van a tener que pagar con respecto al valor de esa cajetilla de cigarros. Esto hace que, en algunos casos, el impuesto que pagan los productos de tabaco supere el 400% el valor del costo de la cajetilla de cigarros”, comentó Víctor Julio Carvajal, viceministro de Hacienda, tras presentar el proyecto.
Según la exposición de motivos de la iniciativa, denominada Ley para la eficiencia fiscal y combate al contrabando de tabaco, fijar el tope mínimo a la sumatoria de los impuestos tan elevado (del 85%) sobre la categoría más vendida de cigarrillos genera un “encarecimiento artificial y desproporcionado” de las marcas legales de menor costo.
“En la práctica, esto ensancha la brecha de precios entre el producto legal que sí paga impuestos y el cigarrillo de contrabando”, agrega.
Sin embargo, Hacienda señaló que existe una “rigidez de la cláusula” que prohíbe disminuciones en el nivel de tributación mínimo, lo que impide que el tributo se adapte a contracciones económicas o dinámicas propias de la inflación.
El texto añade que, al verse privados de opciones legales accesibles, los consumidores de menores ingresos no necesariamente abandonan el hábito de consumo, sino que migran “masivamente” hacia el mercado ilegal debido a la “falsa creencia” de ahorro por precio.
Según el informe de Estimación de la Evasión Fiscal por el Comercio Ilícito de Cigarrillos 2024, elaborado por la Dirección General de Hacienda en 2025, el mercado ilícito de cigarrillos en Costa Rica ascendió al 43% para el periodo 2021-2024, con incumplimientos de recaudación del IVA, ISC e impuesto específico de hasta un 0,12% del Producto Interno Bruto (PIB).
Por lo expuesto, Hacienda propone que el artículo 31 de la ley 9028, donde se menciona el nivel mínimo de tributación, se lea de la siguiente manera: “La Dirección General de Tributación mediante resolución establecerá las obligaciones que deberán presentar los contribuyentes para el efectivo cumplimiento de esta ley”.
Proyecto también eliminaría un impuesto
La iniciativa también plantea eliminar el impuesto del 2,5% destinado al Instituto de Desarrollo Rural (Inder).
“Como antecedente histórico, este gravamen fue creado incluso antes que el Impuesto Específico sobre el Tabaco, acumulándose a lo largo del tiempo con otros tres tributos: el impuesto Selectivo de Consumo (ISC), un impuesto específico, y el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA)”, se lee en la exposición de motivos.
A criterio del Ministerio, esta estructura fiscal sube “significativamente” el precio de los cigarrillos que ingresan legalmente a Costa Rica, perdiendo competitividad con el producto de contrabando, y también obliga a la coexistencia de dos administraciones distintas: Hacienda y el Inder.
“Al suprimir la participación del Inder en la administración tributaria del impuesto a los cigarrillos y similares, esta reforma elimina la dualidad administrativa y simplifica sustantivamente el cálculo del impuesto. Por lo tanto, la reducción de cargas accesorias que se propone busca dotar de mayor competitividad a la industria formal frente al comercio ilícito, concentrando el control fiscal en los dos impuestos generales de mayor recaudación del Estado: el ISC y el IVA”, añade el documento.
Impuesto específico para los cigarrillos
El proyecto también pretende reformar el artículo 22 de la ley 9028 para establecer que el impuesto específico sea de hasta ¢20 por cada cigarrillo, cigarro, puros de tabaco y sus derivados, de producción nacional o importado.
Con la reforma indicada, la iniciativa facultaría al Ministerio de Hacienda de actualizar, anualmente, el monto máximo de este impuesto, de conformidad con la variación del índice de precios al consumidor (IPC) que determina el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
“Eso nos permitiría tomar medidas como bajar los impuestos a un monto donde podamos ver cómo le ganamos terreno a la informalidad y al contrabando de cigarrillos e incrementa la cantidad de cigarrillos que se venden cumpliendo los requisitos de salud y también toda la normativa asociada y principalmente tributaria”, agregó el viceministro de la cartera.
