Los gastos recurrentes de las entidades públicas, ministerios y demás órganos, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda, solo podrán aumentar un 4% en el 2013 respecto al presupuesto máximo autorizado para el 2012.
Así lo estableció el Poder Ejecutivo en las directrices emitidas para la elaboración del presupuesto del 2012 y publicadas el jueves pasado en La Gaceta .
Los gastos recurrentes son los que componen la operación normal de una institución, y se repiten cada año; por ejemplo, el pago de salarios, pensiones, servicios públicos e insumos de oficina. Se excluyen del límite los gastos de inversión y para el mantenimiento de las obras.
Según la directriz, no se podrá incurrir en gastos suntuarios y las que requieran adquirir equipo de cómputo y vehículos deberán procurar utilizar la modalidad de leasing operativo” (arrendamiento).