El Fondo de Capitalización Laboral (FCL) representa un ahorro obligatorio que se activa en momentos clave para el trabajador.
Uno de esos momentos ocurre cuando una persona ha trabajado de forma ininterrumpida durante cinco años con el mismo patrono, lo que se conoce como quinquenio.
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Este fondo fue establecido en el año 2000 por la Ley de Protección al Trabajador No. 7983 y es administrado por las Operadoras de Pensiones.
El aporte lo realiza el patrono, equivalente al 1,5% del salario del trabajador, y se canaliza a través del Sistema Centralizado de Recaudación (Sicere).
¿Quiénes podrán retirarlo?
Durante el año, los trabajadores que cumplan cinco años continuos con el mismo patrono tendrán derecho a retirar su FCL.
El retiro por quinquenio no requiere una desvinculación laboral. El trabajador puede seguir en su puesto y aún así acceder a este ahorro, siempre que se cumpla el plazo legal. No obstante, el retiro es voluntario. Si no lo solicita en ese momento, puede hacerlo en cualquier fecha posterior, ya que el derecho no se pierde.
¿Qué otros casos permiten el retiro del FCL?
El FCL también puede retirarse en otras situaciones:
- Renuncia o despido
- Pensión o jubilación
- Fallecimiento del afiliado, en cuyo caso los beneficiarios lo pueden reclamar
En cada escenario, el trámite se realiza con la operadora de pensiones correspondiente.
¿Qué entidades resguardan el FCL?
Actualmente, seis operadoras administran estos recursos en Costa Rica:
- OPC CCSS, de la Caja Costarricense de Seguro Social
- BN Vital, del Banco Nacional
- BCR Pensiones, del Banco de Costa Rica
- Popular Pensiones, del Banco Popular
- Vida Plena, del Magisterio Nacional
- BAC Pensiones, del BAC
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