Banca

Clave fiscal: ¿Utilidades o rentas de capital inmobiliario?

Si el contribuyente elige tributar conforme al impuesto sobre utilidades, deberá presentar la declaración respectiva antes del primero de agosto a la Administración Tributaria

Fabio Salas, director Impuesto y Legal de Deloitte. Deloitte para La Nación.
Fabio Salas, director Impuesto y Legal de Deloitte. Deloitte para La Nación.

Uno de los cambios más relevantes de la reforma fiscal, en el caso del impuesto sobre la renta, se produce por la inclusión de las rentas de capital inmobiliario, impuesto que grava los ingresos que se obtienen por alquiler de bienes inmuebles.

Sin afán de efectuar una exposición técnica y compleja, en este momento, parece de mayor utilidad hacer énfasis en la posibilidad que tienen algunos contribuyentes de elegir las disposiciones aplicables a los ingresos que perciben por alquileres.

En términos generales, las rentas de capital inmobiliario, estarán sujetas al pago del 15% de los ingresos que se perciben por alquileres; en cuyo caso, la ley permite descontar un 15% como gasto deducible. En consecuencia, se deberá cancelar, mensualmente, un 15% que se calcula sobre el 85% del total de los ingresos por dicho concepto.

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