Las multas de tránsito establecidas por sobrepasar una velocidad determinada buscan proteger las vidas de los automovilistas. Las cámaras dispuestas para grabar las infracciones difícilmente ofrecen resultados que puedan desmentirse, aunque no es imposible que se equivoquen alguna vez. Pero algunos elementos en los procedimientos que se ejecutan parecen llevar a una situación problemática.
Existe una diferencia importante entre las multas aplicadas por el registro de una cámara situada en un lugar fijo y las multas que realiza un agente de tránsito en su labor de vigilancia. En este caso, el agente elabora un parte y lo entrega de inmediato al infractor, de modo que este se encuentra sobre aviso respecto de su falta.
El chofer evitará en lo sucesivo cometer la falta, sobre todo cuando el costo es suficientemente alto. No sucede así en el caso de las infracciones que registra una cámara, porque el infractor no es avisado de inmediato, de modo que puede incurrir en varias faltas y solo enterarse días después de que ha sido sorprendido in fraganti, cuando la suma de la infracción se ha multiplicado por las veces en que se ha incurrido en falta.
Descontento popular. La primera larga lista de infractores, publicada recientemente, ofrece una muestra del irrespeto a lo que dicta la ley en cuanto a la velocidad permitida en algunas vías principales importantes. Pero también hemos sido testigos, por lo que ha publicado la prensa escrita y presentado la televisión, del descontento generado en la población afectada por la multiplicación de las multas, o por la interpretación acerca de quién debe ser sancionado por las faltas, o por la inadecuación de las velocidades fijadas o por la ausencia de señales visibles y coherentes.
Son muchas las personas que han interpuesto descargos y reclamos al respecto y bastantes a quienes les resulta imposible pagar las sumas estimadas. Estos factores de legítimo descontento necesitan corregirse.
De acuerdo con el procedimiento usual, en los otros casos de infracción el agente de tránsito la registra y notifica de inmediato mediante el parte respectivo. En el caso de las grabaciones aludidas, no se sigue un proceso justo, puesto que el infractor carece de noticia acerca de su falta o serie de faltas mientras no aparezca publicado el número de su placa en una lista de infractores.
Y aun así, es posible que no llegue a saberlo hasta que toquen a su puerta.
Montos excesivos. Es de sobra sabido que los montos de las infracciones, sobre todo si se suman varias veces, resultan excesivos para muchos ciudadanos. Por esto los bancos no han tardado en reaccionar ante el jugoso negocio de solicitud de préstamos para cubrirlos, y el estado probablemente se frota las manos por las cantidades que espera recibir. La obligación es incuestionable, sobre todo cuando se acerca la fecha de las revisiones anuales y el pago del marchamo de circulación.
En tal situación, el Estado y los bancos aparecen como maltratando a los ciudadanos en un afán de recaudar fondos o ganancias mediante un recurso injustamente realizado. Una situación que nos expone al peligro de una quiebra en los recursos con que cuentan los ciudadanos para cumplir con sus responsabilidades y un factor más de inseguridad y descontento en la población.
Sin embargo, pienso que esta situación malsana se puede resolver, en parte, tomando la publicación de las placas infractoras como un aviso único y primero, de modo que, aunque las infracciones sean varias, siempre se tomen por una sola. Así se cumpliría con un procedimiento justo y claro, similar al que se sigue en los otros casos.