
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recordó que no está dentro de sus competencias revisar el cumplimiento del principio de paridad de género en la elección de la presidencia y vicepresidencia de los Concejos Municipales.
Así lo manifestaron los magistrados el pasado 6 de mayo, al rechazar de plano un recurso de amparo electoral interpuesto por Ericka Castillo Porras, regidora propietaria de la Municipalidad de Quepos, en Puntarenas, contra la elección de los integrantes del Directorio de ese gobierno local.
“La designación de la presidencia y vicepresidencia municipales, en tanto comporta una competencia propia del interna corporis de los gobiernos locales, no tiene naturaleza electoral y, por ende, su revisión no es competencia del Tribunal Supremo de Elecciones”, indica la resolución 3362-E1-2024.
Castillo, representante del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), reclamó que durante la sesión solemne del pasado 1.° de mayo no se cumplió con el artículo 29 del Código Municipal, el cual señala que los regidores propietarios deben elegir, en votación secreta, a la presidencia y vicepresidencia, “respetando el principio de paridad de género en la conformación del directorio definitivo”.

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El Directorio quedó integrado por Gilbert Giovanni Cruz Jiménez, del Partido Nueva República (PNR), en la presidencia, y Hugo Arias Azofeifa, del Partido Liberación Nacional (PLN), en la vicepresidencia.
La socialcristiana se postuló para ambos cargos y durante la sesión le recordó al resto de los regidores la normativa existente respecto al principio de paridad de género.
Los magistrados explicaron que sí guardan responsabilidad en la verificación del cumplimiento del principio de paridad al momento de la inscripción de candidaturas a los diversos cargos de elección popular y en la conformación de los órganos partidarios, no así en la integración de instancias internas de los órganos deliberantes, como lo es el Directorio municipal.
El fallo del TSE añade que si la regidora considera que durante la sesión del 1.° de mayo se dieron vicios que provocan la nulidad de la elección del Directorio, puede acudir a las vías de impugnación ordinarias que tiene a disposición: recurrir los actos ante la propia municipalidad o ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
Inamu hace llamado por incumplimientos
Quepos no es el único caso en el que se incumplió con el principio de paridad de género. El Instituto Nacional de la Mujer (Inamu) emitió, el 3 de mayo, un comunicado de prensa en el que hizo un llamado a respetar la norma, luego de que la misma situación se presentara en la elección del Concejo Municipal de Turrialba, en Cartago, y otros cantones.
En Turrialba, la presidencia del Directorio recayó en Marco Octavio Arce Obando, del Partido Nueva Generación (PNG), y la vicepresidencia en Roger Bell Arrieta, de Turrialba Primero.
Al respecto, el Inamu recordó que por medio de la Ley para garantizar la paridad de género en la conformación de los órganos colegiados de los Gobiernos Locales’, del 12 de mayo del 2023, se reformó el artículo 29 del Código Municipal, para establecer el principio de paridad de género.
“El Código Municipal es muy claro en señalar que se debe respetar el principio de paridad en la conformación del Directorio en los Concejos Municipales, por lo que al nombrar a dos hombres como presidente y vicepresidente se infringe una norma clara para el cumplimiento de un derecho político que le asiste a las mujeres regidoras que lo conforman”, señaló Cindy Quesada Hernández, ministra de la Condición de la Mujer.
La jerarca también resaltó que las pasadas elecciones municipales del 4 de febrero, fueron las primeras en las que se aplicó el principio de paridad horizontal de género en las papeletas plurinominales, como las regidurías, y los uninominales, como las alcaldías.
No obstante, indicó que según datos de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), solo 32 mujeres fueron electas presidentas de los Concejos Municipales en las 84 municipalidades del país, lo que representa un 38% del total.
“Eso nos indica que debemos seguir trabajando en la necesidad de colocar a las mujeres en los puestos de toma de decisión porque eso nos permitiría tener esa mirada no solo en el manejo del debate del Concejo Municipal sino también en la composición de las Comisiones Municipales, que es una potestad de quien ejerce la presidencia”, expresó Quesada.
