San José (Redacción). Dos edificaciones son desde hoy parte del patrimonio histórico-arquitectónico de Costa Rica, según se establece en dos decretos publicados en el diario oficial La Gaceta .
Se trata de la casa Huete Quirós ubicada en Barrio Amón, San José y la casona de la hacienda Las Ánimas, en el cantón de La Cruz, en Guanacaste.
La casa Huete Quirós está ubicada en la avenida 9, entre calles 1 y 3 y su estilo arquitectónico es de influencia victoriana. El decreto Nº 36989-C justifica su declaratoria patrimonial debido a que dicho inmueble “fue diseñado en un entorno paisajístico donde se albergó la élite josefina del siglo XIX y principios del XX y es parte del tejido histórico urbano de ese sector, que es uno de los pocos que aún se conservan en la ciudad de San José”.
Según un estudio realizado por el Centro de Patrimonio del Ministerio de Cultura, dicha casa fue construida entre 1912 y 1913 como vivienda para Rafael Huete Sáenz –quien fungió como secretario de Gobernación en el gobierno de Julio Acosta– y su esposa Amelia Quirós Alvarado.
En 1938 el reconocido arquitecto y pintor costarricense Teodorico Quirós construyó un departamento al costado oeste de la edificación, sobre el garaje y lo integró en su fachada.
Por su parte, el decreto Nº 36990-C considera que la casona de la hacienda Las Ánimas atesora gran valor arquitetónico, histórico y cultural al conservar gran parte de sus características originales. Según un documento elaborado por profesionales del Centro de Patrimonio en esta edificación se reconocen elementos arquitectónicos característicos de las haciendas ganaderas guanacasteca tales como “ una estructura básica de madera sin pintar, techo de teja de barro o, posteriormente, de láminas de hierro galvanizado, habitaciones montadas sobre horcones altos o construidas sobre bodegas empolvadas”. Los materiales con los que la casona fue construida fueron tomados de la misma hacienda o de sus alrededores: cedro, caoba y madero negro.
Ambos decretos establecen que las declaratorias “prohíben la demolición del inmueble, e igualmente su remodelación parcial o total, sin la autorización previa del Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura y Juventud”.
Además, según la Ley 7555 de Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica el propietario de la edificación está en la obligación de preservar y conservar adecuadamente el inmueble.