La Sala de Casación Penal confirmó la sentencia de 20 años de prisión contra Eduardo Ramírez Zamora, como autor responsable de la muerte de Otoniel Orozco Mendoza, ocurrida el 3 de junio del 2024 en el condominio Río Palma de Guachipelín de Escazú, por una disputa relacionada con agua potable.
La ratificación del fallo fue divulgada en el medio Expediente, del periodista Álvaro Sánchez y confirmada a La Nación por el abogado de la familia del fallecido, Rodrigo Araya.
“Como representante de la familia, estamos complacidos. De parte de la familia también hay complacencia de que, aunque en un principio no estuvimos de acuerdo con el procedimiento abreviado donde se le impuso una pena mínima (para homicidio calificado) a este sujeto, al menos con posterioridad, tanto en apelación como en casación se le han rechazado los recursos”, dijo Araya.
El abogado detalló que la defensa de Ramírez intentaba rebajar la pena hasta tres y cinco años de prisión, alegando que había un “estado de emoción violenta”.

“Queda claro que estamos en presencia de un homicidio calificado donde hubo alevosía, donde hubo ensañamiento, inclusive hasta podríamos decir un poco de planeación, y queda en firme entonces a partir de este momento la condena de los 20 años de prisión contra este sujeto, que es una condena que ya está descontando en prisión”, señaló Araya.
El fallo fue emitido la mañana de este martes por los magistrados de la Sala Tercera, instancia que tiene la última palabra en materia penal en el país.
¿Cómo ocurrió el homicidio?
El asesinato se registró a las 7:31 a. m. del 3 de junio del 2024 en un condominio ubicado dos kilómetros al norte de Construplaza, en Escazú.
Según un video de 1:43 segundos que circuló en redes sociales, todo empieza por una discusión entre dos vecinas, de casas contiguas. Ahí participa la esposa de Ramírez, quien le reclama a la cónyuge de Orozco que no le cierre la llave de paso del agua potable. Los reclamos entre ambas mujeres continuaron, así que los maridos salieron al jardín.
En determinado momento, Ramírez saca un arma, la carga y se la pone en la cintura, mientras las mujeres continúan en la disputa. Orozco intentó golpear en la cara a Ramírez y es entonces cuando este último saca el arma y le dispara en nueve o diez ocasiones.
La víctima, de 53 años, era un empresario dedicado a asuntos de seguridad privada. Nacido en Nicaragua y nacionalizado costarricense, era padre de una menor que para entonces tenía un año y un varón de 19. Según datos del Registro Civil, había cumplido 20 años de casado y antes de vivir en Escazú, residió en La Peregrina, la Uruca.

El día del homicidio, personal de la Cruz Roja acudió al sitio, pero a su arribo, la víctima ya había fallecido. Presentaba varios impactos de bala en el tórax, brazos, cabeza, espalda y otras partes del cuerpo.
Tras los hechos, la Fiscalía de Pavas realizó la pesquisas y presentó la acusación y solicitud de juicio, acogida en octubre del 2024.
Antes de que se fijara la fecha del debate, se programó para diciembre de ese año una audiencia en el Tribunal Penal de Pavas. En esta, Ramírez aceptó los cargos y se sometió a un proceso especial abreviado. Por esta razón, fue sentenciado sin necesidad de celebrar el juicio y se le impuso una pena menor.
Sin embargo, su defensa posteriormente presentó recursos para impugnar la resolución, pero fueron rechazados. La sentencia de 20 años de prisión contra Ramírez Zamora quedó firme.
