La jueza penal de Hacienda Carla Bonilla Ballestero consideró que sí había suficiente elemento probatorio para vincular al expresidente de la República, Óscar Arias Sánchez, con el delito de prevaricato. en el llamado caso Crucitas.
Sin embargo, la juzgadora explicó que debió dictar un sobreseimiento definitivo en favor del exmandatario, porque el Ministerio Público no lo indagó en el tiempo que otorga la ley para evitar la prescripción.
Textualmente la juzgadora señaló: "Llama poderosamente la atención de que a pesar de que Óscar Arias Sánchez figuró desde hace varios años como persona de interés para la investigación de la sumaria 08-000011-033-PE y se contó con diversas probanzas que lo vinculaban con los hechos denunciados, no se le indagó dentro de los plazos de vigencia del delito que se le imputaba (prevaricato)
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“Siendo que al no haberse realizado gestión alguna de imputación - como primer acto formal de interrupción- es lo que genera que la causa continuara con el transcurso normal del tiempo y feneciera fatalmente, sin que se logre acreditar que haya dado gestión alguna por parte del ente acusador o del juzgado penal para que se interrumpiera el plazo respectivo”.
El hecho consta en la resolución final de la audiencia preliminar, dado a conocer el jueves en la noche y en la cual se dispuso el sobreseimiento definitivo y que se desista de la persecución penal contra Arias Sánchez como sospechoso de dos delitos de prevaricato (dictar resoluciones contrarias a la ley), por firmar un decreto en el 2008 que declaró de interés público y de conveniencia nacional la explotación minera en Cutris de San Carlos.
Este viernes, en una conferencia de prensa, la fiscala general de la República, Emilia Navas Aparicio, anunció que impugnarán la resolución de sobreseimiento ante el Tribunal Penal de Hacienda.
Navas manifestó que la critica hecha por la jueza Bonilla tiene que ver con el periodo en que la jefatura del Ministerio Público estaba a cargo de su antecesor. Jorge Chavarría Guzmán.
“Cuando yo tomé la dirección de la Fiscalía, el 13 de octubre del 2017 y ante los cuestionamientos que había en ese momento, revise varios expedientes entre ellos el del caso Crucitas y los sometí a un equipo de trabajo y decidimos de que el caso no estaba prescrito y que, de prescribir, lo hubiera hecho antes de noviembre del 2017. Por eso se citó a Arias y le informamos de los hechos. (...). Nosotros estamos convencidos de que la acción penal no está prescrita”, manifestó.
Navas dijo que en este caso el mismo expresidente Óscar Arias podría renunciar a la prescripcion y someterse al proceso.
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‘No se cometió delito’
El abogado Rodolfo Brenes Vargas, defensor del exmandatario, manifestó a La Nación que luego de analizar la resolución queda establecido que su cliente no cometió delito. A continuación, un estracto de la conversación con este diario:
—La jueza Carla Bonilla señaló en su resolución que sí había pruebas para vincular a Óscar Arias con el caso Crucitas. ¿Qué opina sobre esa manifestación?.
—"La jueza lo que dice es que don Óscar está ligado a los hechos, y eso es así pues otorgó la concesión minera y promulgó el decreto de conveniencia nacional. Sin embargo, estar vinculado con el hecho no significa que se haya cometido un delito. El prevaricato exige que la persona conozca la ilegalidad del acto y, en este caso, don Óscar firmó convencido de la legalidad de todo.
"Si la Procuraduría General de la República consideró en su momento que todo era legal, y la Sala Constitucional validó el proyecto, ¿cómo podía don Óscar saber que había alguna ilegalidad?”.
—La Fiscalía anunció que va a apelar el sobreseimiento. ¿Temen que se revierta la decisión?
—“Es un derecho que tienen las partes y, casi siempre, quien pierde, apela. Es lógico, entonces, que el Ministerio Público presente apelación. Sobre todo cuando, como en este caso, ha quedado en evidencia que reabrieron una investigación que estaba prescrita desde el 2016. Así que la Fiscalía hará un esfuerzo por revertir esa decisión que la deja muy mal parada”.
—¿Emilia Navas dejó entrever la posibilidad de que Óscar Arias renuncie a la prescripción. Están dispuesto a aceptar esa sugerencia?
—La prescripción es una defensa que pudimos haber planteado desde el primer día, pero no lo hicimos por instrucciones de don Óscar. Sin embargo, en este caso la Fiscalía presentó su acusación sin entrevistar a 16 testigos, que tomó del caso de don Roberto Dobles.
"La Fiscalía también anunció públicamente que la investigación estaba terminada cuando eso no era cierto. La Fiscalía le imputó a don Óscar un delito que no investigó y que después reconoció que estaba prescrito. Esas y otras actuaciones del Ministerio Público, que consideramos irregulares, nos llevaron a tomar la decisión de plantear la prescripción.
“No hay ninguna razón por la que don Óscar deba renunciar a este derecho, ni lo va a hacer tampoco por consejo de sus abogados”.
Pugna por la prescripción
La jueza Carla Bonilla, que dictó el sobreseimiento por prescripción a favor de Arias, también consideró que el plazo de la prescripción empezó a correr a partir del 14 de diciembre del 2010, cuando el Tribunal Contencioso Administrativo declaró nulos los decretos emitidos en el 2008 sobre Crucitas.
Para la juzgadora, los seis años para indagar a Arias vencieron el 14 de diciembre del 2016, por lo cual consideró que cuando la Fiscalía tomó “la declaración indagatoria del encartado Arias Sánchez la misma se rinde en fecha 8 de noviembre del 2017; es decir aproximadamente once meses después de que la causa había fenecido”.
Por su parte, Emilia Navas y el fiscal José Pablo Miranda Hurtado (quien lleva el caso Crucitas) consideraron que la juzgadora aplicó de manera errónea la ley procesal y le dio validez a la resolución del tribunal contencioso, la cual dijeron no había adquirido firmeza.
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“Esa resolución (la del tribunal) no adquirió firmeza y por ende no tenía ningún efecto procesal jurídico sino hasta que es confirmada en la resolución de la Sala Primera de la Corte, el 30 de noviembre del 2011 (...). Este acto interrumpió la prescripción y, por ende, cuando (Arias) fue indagado el 8 de noviembre del 2017, el plazo se encontraba vigente y se encontraba viva la causa”, aseveró Miranda.
A criterio de la Fiscalía, el plazo para indagar a Arias vencía el 30 de noviembre del 2017.
En este mismo asunto, la jueza Bonilla ordenó elevar a juicio, por los mismos hechos, la acusación también por prevaricato contra el exministro de Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora y otros seis funcionarios de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), de apellidos Lezama Fernández, Boza Quesada, Cruz Ramírez, Corrales Arias, Espinoza Valverde y Cavallini Chinchilla.
Se debe aclarar que la acusación contra estas personas no está prescrita pues la indagatoria, acción que interrumpe la prescripción de todos estos imputados, se hizo durante el año 2012.