Hace varios años un empleado judicial fue denunciado ante la Inspección Judicial por una falta considerada como gravísima.
La queja la interpuso la víctima poco antes de fin de año. El funcionario judicial se enteró del hecho y con la intención de evadir la acción de la Administración, tomó vacaciones y se fue de viaje en un crucero.
La Inspección Judicial no pudo localizarlo para informarle sobre la causa, pues la reglamentación vigente establece que cuando hay una investigación disciplinaria, la notificación tiene que hacerse de manera personal en el término de un mes después de presentada la denuncia.
En ese caso el empleado evitó una sanción del Poder Judicial que pudo ser, incluso, el despido sin responsabilidad patronal.
Esa situación, expuesta este lunes en la sesión de Corte Plena por el magistrado de la Sala Segunda Luis Porfirio Sánchez Rodríguez, sirvió como ejemplo para impulsar un proyecto de reformas con la finalidad de agilizar y evitar la impunidad de los procesos disciplinarios que se tramitan en la Inspección Judicial.
Para poner en práctica los cambios, los magistrados discuten una serie de reformas a la normativa denominada Reglas Prácticas de la Inspección Judicial, cuya última modificación se hizo hace cinco años.
“Lo que se pretende es reformar reglamentariamente el funcionamiento de la Inspección Judicial. Hacer más rápida la resolución de los procesos disciplinarios, así como darle mayor fortalecimiento en el combate a la corrupción”, dijo Sánchez.
La Corte Plena escogió a la Comisión de Régimen Disciplinario del Poder Judicial para analizar este tema, el cual es coordinado por Luis Porfirio Sánchez, quien este lunes expuso los puntos a los demás magistrados.
Punto clave
Uno de aspectos principales es el sistema de notificación. En la propuesta se modifica el método para ampliar las posibilidades, eso incluye permitir el nombramiento de un curador procesal o notificar mediante correo electrónico.
Un curador procesal es cuando de oficio se nombra a un defensor público para que represente legalmente al funcionario judicial que no se logra localizar. Así se evita la prescripción de los 30 días después de presentada la queja.
En cuanto a la notificación por correo electrónico, se pretende utilizar el correo que un funcionario judicial inscribió como personal para recibir información, por ejemplo, de concursos internos.
"Uno de los grandes problemas en el combate a la corrupción es cómo se notifica esa primera resolución que ahora debe hacerse personalmente. Todos conocemos que en estos casos las personas que saben que se les abrió una causa disciplinaria se pierden y no aparecen.
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“Ese es el problema diario en el régimen disciplinario porque si a usted no le notifican dentro del plazo de un mes el proceso caduca y eso genera impunidad”, explicó Luis Porfirio Sánchez.
Empero, la aprobación de esa modificación provocó controversia, por lo cual, la presentación de una nueva redacción del artículo se postergó para la próxima semana
Sobre el tema Sanchez dijo: “Hoy hemos retirado esa norma porque la vamos a hacer todavía más amplia (...) para nosotros es fundamental darle instrumentos a la Inspección Judicial y a la misma Corte Plena para que en aquellos casos, cuando se ejerza régimen disciplinario tengan el instrumento para poder notificarle a la persona el traslado de cargos o la imputación de cargos”.
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