Madrid, 16 feb (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que concedió los derechos de utilización de la marca Nike a una empresa española que la había registrado previamente y que, por tanto, impedía a la multinacional comercializar en España productos textiles con su logotipo.
La sentencia ahora anulada había sido dictada el 22 de septiembre de 1999 por la Sala de lo Civil del Supremo, que el pasado 23 de enero condenó a once magistrados del Constitucional a indemnizar a un abogado por no haber motivado su decisión de no admitir el recurso de amparo que éste presentó.
El TC ha apreciado vulneración del derecho de Nike a la tutela judicial efectiva y declara nulos tanto la sentencia como el auto por el que el Supremo rechazó "a limine" (de plano) el incidente de nulidad que la multinacional estadounidense había planteado contra ésta.
La resolución del Supremo de septiembre de 1999 ponía fin al litigio mantenido por la empresa española Cidesport, que elabora y vende productos Nike desde hace casi 40 años, y la estadounidense, y suponía la anulación de otras sentencias anteriores en las que se reconocía el derecho de la firma internacional al registro y uso de la marca.
Nike presentó un incidente de nulidad contra la sentencia del TS -que estimó que la marca registrada por Cidesport no estaba caducada y que su uso era incompatible con el de la de la multinacional- invocando la existencia de "vicios de incongruencia" en la misma por falta de respuesta en relación con varias cuestiones planteadas durante el procedimiento.
El Supremo rechazó dicho incidente y la firma norteamericana acabó llevando el caso ante el TC al plantear sendos recursos de amparo contra la sentencia y contra la inadmisión del incidente de nulidad, que contaron con el apoyo de la Fiscalía.
El Constitucional ha dado respuesta a ambos recursos en una sola sentencia en la que considera que, en efecto, el Supremo no respondió a varias de las cuestiones que le fueron planteadas, por lo que anula sus resoluciones.
Esto no significa, sin embargo, que las sentencias anteriores -que daban la razón a Nike y le permitían utilizar su marca- adquieran firmeza, sino que el Supremo deberá dictar una nueva resolución "con libertad de criterio jurídico pero debidamente motivada y respetuosa en todo caso con el contenido del derecho a la tutela judicial efectiva". EFE
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