
La Asamblea Legislativa aprobó un proyecto de ley que establece que los intereses moratorios solo podrán cobrarse sobre el principal vencido, excluyendo los intereses corrientes acumulados. La medida busca impedir la capitalización de intereses sobre intereses, evitando así que las deudas crezcan de forma exponencial y se produzcan abusos en los cobros.
Además, el artículo 4 del expediente 23237 establece que la tasa de interés moratorio máxima para los créditos no podrá superar en más de dos puntos porcentuales la tasa de interés corriente pactada.
A su vez, el numeral 6 señala que los intereses moratorios únicamente podrán calcularse sobre la parte del principal adeudado que se encuentra en mora. Así es como no podrá aplicarse el cobro de intereses moratorios sobre el monto de intereses corrientes adeudados.
La iniciativa también incorpora un nuevo inciso e al artículo 44 bis de la Ley de promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor, para que, en adelante, los cargos administrativos por la gestión de cobros por mora solamente apliquen para las cuentas en mora, los cuales deberán incluirse de manera separada y detallada en el estado de cuenta.
La iniciativa permite unificar los límites de cobro y evitar arbitrariedades, de acuerdo con la diputada Sofía Guillén, del Frente Amplio (FA), impulsora del proyecto.
“Hoy, cuando ustedes (los deudores) se atrasan en una tarjeta de crédito o en un préstamo, aparece un cobro por mora adicional a lo que ustedes les cobran de intereses por atrasarse. Eso no tiene sentido y cuando le preguntaba a las entidades financieras de qué se trata ese cobro, no sabían decir por qué.
“Con esta ley hemos regulado, limitado y transparentado esos cobros, bajándolos a un límite específico, unificándolos, aplicándoles las sanciones de la ley de usura y obligando a las entidades financieras a reportarlos de manera desglosada”, argumentó la legisladora.
La propuesta recibió el apoyo unánime de los 42 diputados presentes al momento de la votación.
