
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia condenó la decisión del diputado independiente y presidente de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, Gilberth Jiménez Siles, de declarar como “privada” una sesión con el director de la Dirección de Inteligencia y Seguridad (DIS), Jorge Torres, para hablar sobre el extraditable Celso Gamboa.
El amparo fue interpuesto por el periodista de Delfino.cr, Luis Manuel Madrigal, el mismo día de la sesión.
El pasado 26 de junio, durante una sesión ordinaria de esa comisión, comparecieron Torres (también exministro de Seguridad) y el exviceministro de Justicia, Sergio Sevilla Pérez. Durante la sesión, el diputado del Frente Amplio (FA), Ariel Robles, interrogó al jerarca de la DIS sobre una visita del exmagistrado Celso Gamboa al Ministerio de Seguridad, ocurrida durante la gestión de Torres, y sobre la posible vinculación de ese encuentro con un proceso de extradición en curso.
Por una propuesta del secretario de la comisión, el liberal Gilberto Campos, Jiménez ordenó que asesores, prensa y público abandonaran la sala, y dijo: “Vamos a hacer un receso hasta por diez minutos a partir de este momento para tener una sesión privada con don Jorge”, la cual se extendió por aproximadamente 20 minutos.
Ante esto, Madrigal interpuso un amparo; ahora la Sala “verifica la violación de los derechos fundamentales de la parte amparada, en particular del derecho de acceso a la información pública, consagrado en el artículo 30 de la Constitución Política”, indica la sentencia.
Los magistrados reprocharon que, tras la sesión privada, no se dejara constancia en acta ni se diera señal alguna sobre la naturaleza de lo discutido o su eventual confidencialidad. Tampoco se sometió a votación que la sesión se declarara privada, ni se siguió el procedimiento legislativo correspondiente.
“Estas exigencias no constituyen simples formalidades reglamentarias, sino garantías sustantivas para legitimar cualquier restricción al principio de publicidad que rige la función parlamentaria”, señala el fallo.
“Lo que se reprocha no es la existencia de una sesión reservada en sí misma, sino la elusión del procedimiento diseñado para preservar el derecho de acceso a la información pública”, añade.
La Sala condenó al Estado al pago de los daños y perjuicios.
Testimonio de piezas
El diputado Jiménez, al responder a la Sala, negó que la sesión se declarara privada, pese a que el audio lo registra. El magistrado Fernando Cruz propuso, como nota particular, que el amparo también debió advertir sobre la posibilidad de ordenar el testimonio de piezas al Ministerio Público.
Por su parte, el periodista Luis Manuel Madrigal adelantó a este medio que pedirá una certificación del expediente para realizar ese trámite ante el Ministerio Público y que se investigue la actuación del diputado.
