Política

Jurisprudencia de Sala Constitucional establece que renuncias de Supremos Poderes sí deben votarse en Congreso

Un recurso de amparo de 1992 sentó jurisprudencia sobre la obligación legislativa de votar la renuncia de funcionarios de Supremos Poderes. Hoy, el vicepresidente Stephan Brunner enfrenta esa situación.

En la imagen la fachada de la Sala Constitucional y el primer vicepresidente Stephan Brunner
El vicepresidente Stephan Brunner renunció para postularse a diputado. Existe jurisprudencia de la Sala Constitucional sobre el trámite de la dimisiones de los miembros de supremos poderes. Foto: Archivo LN

Una jurisprudencia de la Sala Constitucional de 1992 estableció que las renuncias de los miembros de los Supremos Poderes, con excepción de los ministros, deben ser sometidas a votación en la Asamblea Legislativa.

El pronunciamiento se produjo a raíz de un recurso de amparo interpuesto en mayo de ese año por el abogado y periodista Miguel Salguero contra el Congreso, entonces representado por Miguel Ángel Rodríguez, quien era presidente legislativo.

Salguero alegó que se negó injustificadamente la aceptación de la renuncia del diputado Carlos Alberto Fernández Vega, lo que impedía que él asumiera su curul como nuevo representante del Partido Unión Generaleña, conforme a lo que ambos habían pactado en un contrato previo.

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