
El diputado oficialista José Miguel Villalobos fue inhabilitado para ejercer como abogado durante un periodo de 8 años y seis meses, luego de que el Colegio profesional dejara en firme tres sanciones en su contra.
Las mismas quedaron ratificadas este miércoles por la noche, durante la sesión de la Junta Directiva del Colegio de Abogados, que ya había conocido y aprobado los informes de la Fiscalía interna relacionados con el diputado.
Se trataría de los expedientes 143-25, 013-26 y 286-25, por faltas graves en el ejercicio profesional, entre ellas, al deber de diligencia y probidad. El abogado Arcelio Hernández, representante de los denunciantes en uno de esos legajos, confirmó la sanción en firme a La Nación.
Las sanciones trascienden 28 días después de que el legislador del Partido Pueblo Soberano anunciara, en conferencia de prensa, su decisión de suspender su afiliación al Colegio, alegando que iba a dedicarse, tiempo completo, a sus obligaciones como diputado.
Sin embargo, para la fecha del anuncio, los informes de la Fiscalía, con las recomendaciones de sanción, ya estaban en fase final.
Tras consultas de Diario Extra, sobre este mismo asunto, el abogado manifestó que el Colegio no puede sancionar a un profesional que ya no está agremiado y que tampoco iba a referirse al fondo de los asuntos.
“Hace varias semanas renuncié al Colegio de Abogados. Le dije a los costarricenses que no iba a ejercer más la profesión y me retiré voluntariamente. Sin embargo, me entero, que ese órgano, sigue queriendo sancionarme. No tienen competencia alguna. Ya no soy miembro de ese colegio. No me interesa seguir siendo miembro”, dijo Villalobos en un video publicado poco después en sus redes sociales.
La causa 143-25. Un servicio por el que cobró $10.000 y nunca completó
Según explicó el abogado Arcelio Hernández, en julio del 2021, en época de pandemia por Covid-19, una pareja de esposos de apellidos Carrillo Piedra contrata a José Miguel Villalobos para que interponga acciones en contra de la obligatoriedad de vacunar niños contra el coronavirus SARS-CoV-2.
En los hechos probados, acreditados por la Fiscalía del Colegio, consta que Villalobos cobró $10.000 a cambio de interponer acciones en la Sala Constitucional y el Contencioso Administrativo para frenar las órdenes del Ministerio de Salud. Sin embargo, tales trámites nunca se ejecutaron, según consta en certificaciones de ambos despachos, aportadas por Arcelio Hernández ante el Colegio.
Pese a ello, el 7 de julio de aquel año, la pareja le depositó ¢6.140.000 (equivalente a $10.000 dólares estadounidenses al tipo de cambio de la fecha) en la cuenta del Banco Nacional de Costa Rica indicada por el investigado, que figuraba a nombre de una persona identificada con los apellidos Cordero Solano, quien se presume, era su asistente.
En la denuncia, presentada ante el colegio desde febrero del 2025, se indica que la pareja pidió avances del proceso en reiteradas ocasiones durante los siguientes tres años, sin que Villalobos pudiera acreditar trámite alguno en instancias judiciales.
Villalobos no acudió a la audiencia oral y privada convocada en abril pasado para atender el caso en el Colegio y tampoco se refirió a la certificación que acreditaba la transferencia bancaria realizada por el matrimonio.
“Del análisis de los hechos denunciados por los señores Carrillo Badilla y Piedra Chacón, se arriba a la conclusión de que en la especie existen elementos suficientes que conducen a establecer con certeza que el actuar del profesional denunciado se contrapone a los principios éticos y profesionales que debe respetar todo abogado incorporado a esta Corporación”, se lee en la resolución del fiscal Dewin Brenes Fernández, conocida por la Junta Directiva del Colegio en la sesión 36-2026, del pasado 8 de setiembre.
En la resolución se le sanciona a Villalobos a tres años de suspensión para el ejercicio de la abogacía por faltas a los artículos 14, 17, 34, 39, 50, 82, 83 incisos a), e) y g), 85 incisos a) y b); y, 86 del Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos 13 del Profesional en Derecho.
Dichos artículos se refieren a la falta de diligencia y probidad, falta de información al cliente y el cobro de dinero por un trabajo no realizado.
Además, le pide al diputado que devuelva los ¢6.140.000 que recibió del matrimonio Carrillo Piedra en un plazo no mayor a dos meses tras la publicación de la sanción en el Diario Oficial La Gaceta.
La sanción aplicada estuvo por encima de los montos mínimos establecidos, “en atención a las circunstancias del caso, al daño y los perjuicios causados y al antecedente disciplinario firme que registra el agremiado”, por otra infracción al Código de Deberes, consignada en el 2022.
“Me parece que la Fiscalía entendió bien la manera grosera en que mis clientes fueron tratados por parte del licenciado José Miguel Villalobos, quien les pidió $10.000 para presentar procesos que luego de casi dos años nunca presentó. Más bien los mantuvo esperanzados de que iba a cumplir con su trabajo, pero no lo hizo.
“Precisamente por eso son importantes los colegios profesionales, para garantizar la ética en el ejercicio profesional y ahora el licenciado Villalobos tendrá que cumplir con la sanción impuesta y además devolver más de seis millones de colones a mis clientes”, manifestó Arcelio Hernández, ante consulta de este medio.
Los otros cinco años y medio de suspensión están contemplados en los otros dos expedientes, cuyo contenido no ha trascendido. Un abogado no puede ejercer como tal en Costa Rica si no está agremiado al colegio correspondiente.
Colaboró en esta información el periodista Sebastián Sánchez.
