La diputada y precandidata presidencial, Carolina Delgado, intentó traerse abajo la inscripción de Álvaro Ramos, uno de sus tres contrincantes en la convención interna del Partido Liberación Nacional (PLN).
La legisladora presentó un recurso de amparo electoral en contra de la postulación de Ramos. No obstante, los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) lo rechazaron de plano, al considerar que lo correcto era gestionar una acción de nulidad.
Delgado alegó que Ramos no cumple con los dos años de afiliación partidaria que exige el PLN para aspirar a la candidatura presidencial verdiblanca el próximo 6 de abril.
“En el caso concreto, la recurrente señala que no se debe inscribir la precandidatura del señor Álvaro Ramos Chaves, puesto que la certificación de la Secretaría General del PLN sobre su militancia y el acuerdo de la Asamblea Nacional, que ratificó las precandidaturas presidenciales, son contrarias a la normativa partidaria interna”, se consignó en la resolución N.° 501-E1-2025, del pasado 30 de enero.
Los jueces electorales concluyeron que el alegato de Delgado “no tiene la virtud de acreditar lesiones de relevancia constitucional que deban tutelarse a través de este instituto (amparo electoral)”. El Tribunal aclaró que los argumentos de la diputada “suponen reproches de legalidad”.
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Los magistrados recordaron que, según la jurisprudencia electoral, el incumplimiento de requisitos (o la existencia de incompatibilidades) no involucra, por sí mismo, una violación de los derechos fundamentales de las candidaturas que sí cumplieron con todos los lineamientos exigidos.
Lo correcto es que las controversias que surjan al respecto, se solucionen mediante la “acción de nulidad, como proceso del contencioso-electoral idóneo para determinar la legitimidad o no de las actuaciones de los órganos partidarios en las dinámicas de elección de autoridades internas e integración de nóminas a puestos de los gobiernos nacional o local”.
Delgado aseguró, mediante un comunicado de prensa divulgado este 6 de febrero, que seguirá “la vía legal correspondiente” en vista de que los magistrados no se pronunciaron por el fondo de su reclamo.
“El defender la transparencia, el respeto a las normas y la ética no es una opción, es una responsabilidad. Mi compromiso es y será siempre con la legalidad y el respeto a nuestro estatuto y reglamentos, porque solo así podremos fortalecer nuestra democracia interna y honrar la confianza de los y las liberacionistas”, agregó.
Al respecto, Ramos declaró a La Nación que el fallo “es una muestra más de la importancia de nuestra institucionalidad para dirimir conflictos o diferencias. Me parece bien que doña Carolina tuviese la oportunidad de plantear su amparo, así como me complace que el TSE presentara un fallo acorde con su jurisprudencia”.

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Moción de la Asamblea Nacional no tiene efectos jurídicos
Delgado también recurrió ante el tribunal electoral una moción presentada por Miguel Guillén, secretario general del PLN, en la Asamblea Nacional liberacionista del pasado 25 de enero, para ratificar las precandidaturas presidenciales. La propuesta fue finalmente aprobada por los asambleístas.
No obstante, el TSE determinó que la moción liberacionista no tiene efectos jurídicos. “El pronunciamiento de ese órgano deliberante debe entenderse como un acto político que, en todo caso, está sujeto a lo que en definitiva resuelva el TEI (Tribunal de Elecciones Internas). Ese es el órgano electoral interno que tiene la competencia para determinar si las personas que han peticionado su inscripción para contender por la nominación a la Presidencia de la República cumplen o no con los requisitos.”.
Así lo señalaron los magistrados en la resolución 0615-E2-2025, en la que se rechazó de plano la acción de nulidad presentada por Delgado contra el pronunciamiento verdiblanco.
Solo votaron en contra de la moción Delgado y Gilberth Jiménez, también diputado y precandidato presidencial. Antes de retirarse de la carrera electoral, el liberacionista Enrique Castillo denunció como ilegal el documento presentado por Guillén y solicitó separar del cargo al secretario general verdiblanco.
El excanciller también pidió al TEI un criterio urgente sobre la validez de la moción impulsada por Guillén, y las implicaciones legales que puede generar. Castillo expresó dudas de que los precandidatos Marvin Taylor Dormond y Álvaro Ramos cumplan con los requisitos para postularse.
Intento previo
Esta no es la primera vez que Delgado pone en entredicho la inscripción de Ramos. El 18 de enero, la legisladora envió una carta a Miguel Guillén, secretario general del PLN, solicitando aclarar si una declaración pública en medios de comunicación, en la que se afirme no militar en ningún partido, es suficiente para reconocer la interrupción de la militancia en el partido.
Delgado presentó la consulta basándose en manifestaciones de Álvaro Ramos, publicadas en marzo del 2024, en los sitios web de las radioemisoras Columbia y Zurquí, en las que el economista afirmó no tener filiación política. Para la diputada, dicha afirmación constituye un reconocimiento explícito y público de no militar en partidos políticos, incluido el PLN.
Guillén remitió la nota al Tribunal de Elecciones Internas (TEI) del partido, para que resolviera lo concerniente, al considerar que la gestión de Delgado es propia de un procedimiento de impugnación de precandidaturas. Se solicitó a la oficina de prensa del PLN una copia de la respuesta brindada a la diputada, sin que al momento se haya facilitado la información.
