Los diputados aprobaron este lunes, en primer debate, un proyecto de ley contra la violencia vicaria, la cual se comete cuando una persona ejerce violencia hacia los seres queridos, las mascotas o los bienes de una mujer, con el objetivo de afectarla, incluso al grado de cometer homicidio contra alguno de los allegados.
El plan que crea este concepto jurídico recibió el voto afirmativo de los 44 legisladores presentes, y se señaló la votación en segundo debate para el 16 de enero.
La sanción más alta para este tipo de violencia será de 20 a 35 años de prisión para quien dé muerte a un descendiente, ascendiente, pariente colateral sanguíneo, por afinidad o adopción, hasta el tercer grado, inclusive, de la mujer con la que mantiene o mantuvo una relación de matrimonio, unión de hecho o sentimental.
Para ello, se introduce un capítulo 5 en la Ley de penalización de la violencia contra las mujeres (8589).
La pena será de uno a tres años cuando el agresor golpee, maltrate física, psicológica o emocionalmente a un ser querido de la mujer, y de uno a dos años cuando se agreda a la mascota o animal de compañía de la mujer.
La pena será de dos a tres años de prisión cuando el agresor dé muerte a la mascota.
La iniciativa fue impulsada por Gilberto Campos, del Partido Liberal Progresista (PLP), con el apoyo de 21 legisladores de los partidos Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC), Frente Amplio (FA) e independientes.
También, se establecen disposiciones para que las víctimas puedan recibir medidas de protección y que se ordene, por ejemplo, la cancelación del permiso de portación de armas para el agresor, o bien, la imposición de penas alternativas, cuando corresponda.
‘Te voy a dar donde más te duele’ es la consigna de esta violencia
Durante la discusión, Gilberto Campos señaló que la Asamblea Legislativa aprobó una reforma vanguardista, hasta la fecha no penalizada ni en el país ni en muchos otros países del orbe.
“Esto es hacerle daño a la mujer a través de las personas que más quiere, sus hijos, sus padres, su núcleo cercano, hacerle daño a un tercero para hacerla sufrir. Se puede equiparar con la tortura y genera un doble daño, no solo contra quien recibe la agresión directa, niño, niña, padre o madre de la mujer, porque el agresor sabe que va a provocar un daño irreparable”, dijo el liberal.
Campos aseguró que este tipo de violencia muchas veces se ejerce de previo a los femicidios y citó un caso español donde el homicida mató a sus dos hijos con el objetivo expreso de hacerle daño a la madre de los niños.
“Te voy a dar donde más te duele” es, según explicó Campos, la máxima de esta violencia y muchas veces queda impune porque las autoridades judiciales no actúan, pues el ordenamiento jurídico no tipifica cierto tipo de agresiones.
Entre los ejemplos de este tipo de agresión que citó el liberal, están cuando la madre recibe amenazas de que se llevarán a sus hijos, quitarle la custodia o matarlos, interrumpir los tratamientos médicos o farmacológicos de los niños cuando deben seguirlo, así como utilizar momentos del régimen de visitas para impedir comunicación con la madre, incendiarle la casa a la mujer, su carro o cualquier otra posesión material.
