Opinión

Usufructo de bienes muebles

Mejor es quedarnos como estamos

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La diputada Emilia Rodríguez respalda un proyecto de ley para introducir en el Código Civil el Usufructo de Bienes y Muebles. Opino que esta ley, de aprobarse, estaría sobrando, pues ya existe en el ordenamiento jurídico tal figura, si bien no expresamente regulada. Importante es tener cuenta que el Código Civil en el capítulo de Derecho de Usufructo, artículo 355, dispone que el “usufructo de bienes muebles e inmuebles solo podría constituirse por testamento, y una vez constituido así, es transmisible como el usufructo de bienes inmuebles”. Esto pareciera limitar, en especial respecto a bienes muebles, que la constitución queda reducida a solo una disposición testamentaria, y que otra forma de constitución no podría hacerse. El proyecto parece dirigido a esa aparente laguna legal.








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