La legislación costarricense es clara: los primeros 50 metros de todas las playas del país pertenecen al Estado y son públicos, inalienables e imprescriptibles, con las excepciones que la misma ley y la jurisprudencia han reconocido.
Los restantes 150 metros que conforman la zona marítimo terrestre y que usualmente son los que las municipalidades conceden a uso privado, mediante contratos de arrendamiento, han sido en muchos casos reducidos a propiedad privada e inscritos en el Registro Público en virtud de leyes anteriores que la propia legislación de Zona Marítimo Terrestre reconoce y acepta. Este es el caso de Punta Leona.
El Complejo Punta Leona se ha desarrollado en un terreno privado de 300 hectáreas adyacente a las playas de Punta Leona que son Playa Mantas, Playa Blanca y Limoncito y, aunque los primeros 50 metros de dichas playas son públicos, el Hotel Punta Leona y los socios del Club Punta Leona han invertido gran cantidad de tiempo y dinero para mantenerlas en un estado de calidad tal que le han merecido durante los últimos años la Bandera Azul Ecológica, que el Gobierno de la República ha otorgado a muy pocas playas del país.
Acceso regulado. Las instalaciones de Punta Leona están abiertas a socios, huéspedes del hotel, visitantes y público en general, que deben pagar una cuota de ingreso, ya que una vez dentro del complejo pueden hacer uso de todas las instalaciones. Lo que no es permitido es que cualquier persona ingrese sin permiso a las instalaciones y haga uso de ellas sin costo alguno. Si en las playas de Doña Ana, Manuel Antonio y todos los parques nacionales, a pesar de ser públicas sus playas, se debe pagar una cuota de ingreso para compensar el uso de las instalaciones, con mucha mayor razón en el Complejo Punta Leona, que ha sido realizado y mantenido mediante el esfuerzo económico de muchos pequeños inversionistas. Dicha cuota ha sido establecida específicamente por el uso de los caminos e instalaciones del complejo y no por uso de la playa, la cual tiene y siempre ha tenido libre acceso por otros medios, sin mediar pago alguno.
Durante muchos años, la entrada a Punta Leona se realizaba a través de un camino privado, hoy conocido como el "camino viejo". Colindantes con esta ruta, existen varias propiedades cuyos actuales dueños reconocieron expresamente al adquirirlas su colindancia con la servidumbre de paso que conduce a Punta Leona. Así consta en las correspondientes escrituras inscritas en el Registro Público. Sin embargo, ¿puede uno imaginar la plusvalía que adquirirían esas tierras si esa ruta que es privada se convirtiera en un camino público? Sería como sacarse la lotería: de la noche a la mañana quedarían enlazadas a una inversión multimillonaria sin haber aportado un céntimo.
Justicia y razón. Por esa razón, Punta Leona ha enfrentado varios procesos judiciales a lo largo de los años, intentando convertir un camino que es privado en una vía pública, y en todos los casos ha imperado la justicia y la razón. El Tribunal Superior Civil de Puntarenas en tres ocasiones ya ha reconocido la privacidad del camino viejo y la Sala IV ha rechazado a la fecha tres recursos sobre el mismo tema.
Recientemente el Tribunal Superior Contencioso Administrativo, actuando como superior en vía administrativa de la Municipalidad de Garabito, anuló el acuerdo de ésta que declaraba por segunda vez que el camino viejo de entrada a Punta Leona es privado.
A ese voto se ha referido el periódico La Nación en dos ocasiones recientes, con el grave inconveniente de que el título de las noticias no es concordante ni con el texto ni con la resolución del Tribunal, que en ningún momento ha dado orden a la Municipalidad de abrir ningún camino, sino que ha señalado a la Municipalidad la necesidad de una definición en vía administrativa sobre la condición del camino, ordenando en forma coherente los diferentes acuerdos adoptados a través de los últimos nueve años.
(*) Vicepresidente de Punta Leona