Opinión

Fraude a la ley

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El artículo 20 del Código Civil configura como fraude contra la ley invocar su texto para aplicarla en apariencia, pero en violación de su mandato o en contra de su propósito. Lo de los doscientos días de clases tiene dos fuentes: a) la ley nacional ( de Carrera Docente) promulgada en 1953, que dispone más de doscientos días, porque se trabajaba los sábados entre las fechas que indica, y muchas mas horas diarias ; b) el Convenio Centroamericano posterior, que garantizó un mínimo de doscientos días. Por eso, el mandato de ambas normas es más de doscientos días, con muchas más horas diarias de clase. Esta es la sustancia dispuesta: un tiempo efectivo de clase, independientemente de cómo se distribuya.








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