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¿Renuncia presidencial?

Análisis constitucional del rumor sobre la posibilidad de que Rodrigo Chaves esté por dejar la presidencia para aspirar a la diputación

Rodrigo Chaves Robles asumió el cargo de presidente de la República el 8 de mayo de 2022 para un período de cuatro años. Crédito de foto: Rafael Pacheco Granados.
Rodrigo Chaves Robles asumió el cargo de presidente de la República el 8 de mayo de 2022 para un período de cuatro años. Crédito de foto: Rafael Pacheco Granados. Rafael Pacheco Granados

Circula el rumor de que el presidente Rodrigo Chaves analiza la posibilidad de renunciar para postularse a la diputación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Constitución Política (CP), la renuncia se presenta al menos seis meses antes de las próximas elecciones, es decir, como máximo el 31 de julio del 2025. Pero ¿puede un presidente renunciar para postularse a la diputación? ¿Está la Asamblea Legislativa obligada a aceptar la renuncia?

Responder estas preguntas no es sencillo, ya que estamos ante una situación nueva en Costa Rica. La Constitución no ofrece una guía clara para esta eventualidad, lo que evidencia una laguna jurídica. Por tanto, independientemente de las opiniones sobre su gestión, es pertinente reflexionar desde un plano hipotético sobre el dilema que enfrentaría la Asamblea Legislativa si la situación se concreta.

El inciso 8 del artículo 121 de la Constitución dice que la Asamblea Legislativa es la autoridad competente para conocer y resolver las solicitudes de renuncia del presidente de la República; evaluar sus incapacidades físicas y mentales; y si corresponde, declarar su destitución.

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