
“Delinquir en 140 caracteres”: tomo prestado el título de la obra dirigida por el profesor Fernando Miró Llinares (Marcial Pons, 2018) para referirme al uso abusivo de la libertad de expresión en redes sociales, un fenómeno que no se limita a diferencias de opinión, sino que, en muchos casos, implica la difusión de afirmaciones falsas o ataques directos que afectan la dignidad de las personas y la reputación de empresas u organizaciones.
La velocidad y el alcance de las plataformas digitales permiten que estos contenidos se propaguen sin filtro y de manera exponencial, generando daños que van desde el descrédito social hasta consecuencias económicas, mientras algunos pretenden justificarlos en una visión distorsionada de lo que significa expresarse libremente.
La dignidad, el honor, la reputación y la autoestima son derechos esenciales protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Su artículo 11 prohíbe ataques ilegales y obliga a los Estados a ofrecer protección frente a estas agresiones. La Constitución Política costarricense, en línea con estos principios, también establece que el derecho a informar y opinar no incluye el derecho a destruir la imagen de otro. Así lo ha recordado la Sala Constitucional en reiteradas resoluciones.
El Código Penal costarricense tipifica delitos contra el honor –como la calumnia, la difamación y la injuria– para proteger estos valores fundamentales. Sin embargo, las redes sociales han puesto en evidencia una preocupante falta de autocontrol y de regulación (anomia). En no pocas ocasiones, desde el anonimato o en la comodidad de un teclado, se publican acusaciones o afirmaciones falsas, comentarios ofensivos o imágenes manipuladas que rara vez se atreverían, sus autores, a pronunciar o reproducir cara a cara frente a la persona ofendida. La distancia virtual diluye las inhibiciones y facilita que se sobrepasen límites que, en la interacción personal, probablemente se respetarían.
Un ejemplo de cómo se puede abusar de la libertad de expresión en el mundo digital es el caso reciente del Proyecto Turístico Bahía Papagayo, con participación de Enjoy Hotels & Resorts. Desde hace meses, esta iniciativa ha sido objeto de un ataque orgánico y sistemático que busca dañar su reputación e impedir su desarrollo a partir de afirmaciones carentes de sustento fáctico, que pasan de ser meras opiniones a afirmaciones falsas.
La empresa ha señalado que existen afirmaciones difundidas en redes sociales de carácter falaz, sin base técnica o fáctica, y que quienes las propagan no han buscado establecer un diálogo ni verificar la información. Esto corresponde a una narrativa falsa, promovida sin rigor ni responsabilidad, que evidencia un abuso de la libertad de expresión y afecta no solo la imagen del proyecto y de las empresas que lo desarrollan, sino también el impacto económico y social que este representa, y por ello se genera responsabilidad jurídica.
Este caso ilustra cómo el uso abusivo e injustificado de las redes sociales se convierte en un escenario para propagar faltas a la verdad que dañan la honra de personas y empresas, y ponen en riesgo inversiones, empleos y el desarrollo sostenible en sectores clave.
En este escenario, la verdad es desplazada por la “posverdad”: rumores presentados como hechos, noticias falsas y ataques emocionales sustituyen el debate informado. Algunos generadores de contenido difunden sin verificación materiales tendenciosos que dañan gravemente a terceros. El anonimato y la falta de regulaciones que obliguen a las plataformas a identificar a los autores contribuyen a la persistencia de estas conductas.
Aunque las personas públicas suelen ser blanco frecuente, cualquier ciudadano o empresa puede ser víctima de publicaciones lesivas que afectan su imagen, su bienestar emocional e incluso su situación económica. En tales casos, acudir a los tribunales es un derecho legítimo para proteger la honra, y hacerlo no convierte a la víctima en agresor.
Sostener que la libertad de expresión está por encima del honor es insostenible desde el punto de vista ético y jurídico. La responsabilidad personal implica asumir las consecuencias de lo que se publica. Las redes sociales no son un espacio ajeno a la ley: los derechos humanos y las normas de convivencia también se aplican allí.
Emitir o replicar afirmaciones falsas o calumniosas genera responsabilidad penal y civil. No se trata de limitar la opinión, sino de recordar que opinar no es lo mismo que difamar. El mundo digital no concede licencia para mentir, exagerar o tergiversar hechos que dañen a otros.
El verdadero reto de esta era no es únicamente tecnológico, sino ético: recuperar la prudencia, la veracidad y el respeto en las interacciones en línea. La pantalla no exime de la responsabilidad que conlleva la palabra. La libertad de expresión solo se sostiene si se ejerce con verdad y con respeto.
Ewald Acuña es abogado de Enjoy Hotels & Resorts.