
Estamos ante un proceso de normalización de la violencia estatal contra quienes ejercen participación pública y control democrático, acallando otras voces y aleccionando a quienes pretendan denunciar.
El caso de la defensora de derechos humanos y comunicadora Stella Chinchilla Mora, ocurrido en enero de 2026, lo pone en evidencia al mostrar el debilitamiento de la democracia y del Estado de derecho mediante el uso del aparato estatal para perseguir y deslegitimar a personas opositoras y, en particular, a defensoras de derechos humanos, en un contexto político preelectoral que amplifica los riesgos para quienes denuncian y exigen rendición de cuentas.
Costa Rica arrastra, desde hace años, una deuda en materia de protección a personas defensoras de derechos humanos. Desde al menos el año 2017, se han presentado solicitudes formales para crear un mecanismo nacional de protección y un protocolo especializado de investigación frente a agresiones contra personas defensoras, sin que exista, a la fecha, una iniciativa de política pública ni un marco legal que garanticen la prevención, la protección, la investigación, la sanción y la no repetición de estas violencias.
A ello se suman los discursos de odio del presidente Rodrigo Chaves, que refuerzan un clima de tolerancia social hacia la violencia que luego él mismo dice rechazar, lo que opera como un mecanismo de incitación y legitimación.
No obstante, la responsabilidad de la defensa y protección de las personas defensoras de derechos humanos en Costa Rica no recae en una sola institución. Compromete al Poder Ejecutivo, a la Asamblea Legislativa y al Poder Judicial, en el diseño de una política pública, un marco normativo y la adopción de medidas efectivas de investigación, juzgamiento y protección. La Defensoría de los Habitantes tampoco puede ser omisa, como ha ocurrido desde 2017.
Las consecuencias de esta deuda han sido trágicas: Jairo Mora Sandoval, asesinado en 2013; Sergio Rojas Ortiz, en 2019, y Jehry Rivera Rivera, en 2020. Los tres casos permanecen en un halo de impunidad y de aquiescencia estatal frente a la violencia contra quienes defienden derechos humanos, violencia que no siempre proviene del Estado, aunque siempre es responsabilidad del Estado.
La Corte Interamericana ha establecido que los Estados tienen obligaciones reforzadas frente a la violencia contra personas defensoras de derechos humanos, que incluyen la adopción de medidas legislativas, institucionales y judiciales específicas orientadas a prevenir los ataques, reducir la exposición al riesgo y garantizar la investigación y protección efectivas.
En ese marco, en el caso Luna López vs. Honduras, se subrayó la necesidad de adoptar medidas concretas frente a patrones de violencia; en Defensor de derechos humanos y otros vs. Guatemala, se afirmó la obligación de crear políticas públicas específicas y no limitarse a reaccionar después de los ataques y, más recientemente, en García Andrade y otros vs. México, se reiteró que los riesgos diferenciados que enfrentan las personas defensoras activan deberes estatales reforzados de prevención, protección e investigación.
En ese sentido, el Comité CEDAW en 2017 y 2023, le advirtió a nuestro país sobre campañas estigmatizadoras, riesgos específicos contra mujeres defensoras y la debilidad de la institucionalidad de derechos humanos, y se recomendó al Estado promover su reconocimiento social, inclusión y protección, velar por su seguridad personal y garantizar condiciones adecuadas para la realización de su trabajo. Y cómo olvidar la negativa a suscribir el Acuerdo de Escazú.
Ante el mensaje aleccionador del uso de la DIS para perseguir personas defensoras de derechos humanos, la pregunta es: ¿quién se va a atrever a defender los derechos humanos y, por tanto, nuestra democracia?
larissa.arroyo.navarrete@una.cr
Larissa Arroyo Navarrete es abogada especialista en Derechos Humanos y Género, y académica del IEM-UNA.