Como director ejecutivo de la Comisión Nacional del Programa Bandera Azul Ecológica (PBAE) en el periodo del 1.° de enero de 1996 al 30 de marzo pasado, lo primero que les indicábamos a los comités locales de la categoría de playas era que estos atractivos turísticos son considerados bienes de dominio público, y por lo tanto, de uso común para todos los ciudadanos.
Esto implica que el acceso a las playas debe ser garantizado y de libre disfrute para la población. La Ley de la Zona Marítimo-Terrestre establece que los primeros 50 metros de la pleamar son de uso público absoluto y no se permite la propiedad privada en esta zona. Esta ley entró en vigencia el 16 de marzo de 1977 y no puede ser retroactiva.
Cuando iniciamos con la primera categoría de playas del PBAE, en 1996, uno de los primeros comités locales conformados fue el de Punta Leona en las playas denominadas Blanca y Mantas. Luego se incluyó playa Limoncito.
En esos años, nos atendió personalmente don Eugenio Gordienko (ya fallecido), en su calidad de presidente del complejo turístico, y su gerente general, Miguel Fernández Tercero. Desde el principio, observamos en ambos una gran sensibilidad a la protección y sostenibilidad ambiental, como el respeto a los bosques y la crianza de la lapa roja. Luego, con el pasar de los años, emergió Boris Gordienko, hijo menor de don Eugenio, quien ha impulsado el paso de “la sostenibilidad a la regeneración”, concepto que me permito describir en pocas palabras y hechos.
Sostenibilidad es cuando se busca mantener el equilibrio actual, evitando la degradación de los recursos y el ambiente. Entretanto, la sostenibilidad regenerativa busca activamente restaurar y mejorar los sistemas naturales para generar un impacto positivo. En este contexto, Punta Leona se ha convertido en una “empresa regenerativa”, al no solo tratar de reducir su impacto ambiental, sino también al implementar medidas para la captura de carbono y la restauración de ecosistemas.
Un ejemplo viviente, además de la cría de la lapa roja, es la regeneración del humedal de playa Blanca desde el 2019, con el establecimiento de “arrecifes artificiales”; esto, con el apoyo de diferentes entidades, entre ellas el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), la Universidad Nacional (Laboratorio Marino Costero) y el Área de Conservación Pacífico Central. Con este arrecife, se ha promovido la crianza de peces e invertebrados, esenciales para el ecosistema marino del humedal, donde ya existe una fauna instalada, la cual debe protegerse.
Estos conceptos los traigo a colación en el marco del conflicto entre el alcalde de Garabito y la empresa Punta Leona Beach Club & Nature Resort, donde se observa una confusión importante de aclarar.
Primero, las tres playas de ese paraíso turístico son públicas y el acceso no está prohibido; lo que sí tiene limitaciones es el acceso a instalaciones o zonas de viviendas privadas. Segundo, existe una confusión en el “origen y naturaleza” de las propiedades colindantes con el océano Pacífico en playas Mantas y Blanca, operadas por Punta Leona. Tal confusión se origina en el transitorio tercero de la Ley 4558, denominada Ley de Urbanización Turística de la Zona Marítimo-Terrestre, la cual fue promulgada en abril de 1970. No obstante, los abogados de la empresa manejan la legislación mejor que el suscrito.
Por último, lo que preocupa es la postura del señor alcalde al quitarles el apoyo a los comités locales de al menos seis playas en el cantón de Garabito. Esto atenta contra la sostenibilidad regenerativa que con tanto éxito se ha aplicado en Punta Leona.
darnermora@gmail.com
Darner A. Mora Alvarado es salubrista público.