¿Le han cerrado las puertas al solicitar un crédito u otro servicio bancario? ¿Le han negado puestos de trabajo a pesar de cumplir con el perfil solicitado? Si esto le ha ocurrido, posiblemente se deba a que existen en Costa Rica siete empresas dedicadas a mercantilizar sus datos personales a entidades financieras y empresas en general. El problema no es la mercantilización de datos per se , lo que constituye una práctica irresponsable es que, en muchas ocasiones, los datos almacenados y enviados a terceros son privados, erróneos o no están actualizados.
Hay una manera práctica y sencilla de resolver este problema y es mediante la creación de la Agencia de protección de datos personales, tal y como opera en varios países europeos y de América Latina. Si a una persona se le rechaza un crédito por información errónea proporcionada por una empresa comercializadora de datos o protectora de crédito, podría acudir a una oficina para interponer una queja con el objetivo de obtener una solución en plazo razonable, que no debería ser mayor a cuarenta y ocho horas hábiles. En ese lapso, a la protectora de crédito se le obliga a corregir la información y la entidad bancaria es informada del error. Si la protectora de crédito persiste en mostrar información equivocada, se le multa e incluso se podría ordenar su clausura.
Lo que se resuelve en menos de dos días en países que protegen el ámbito de intimidad de sus habitantes, en Costa Rica se convierte en un calvario hasta de un año o no se resuelve del todo. No tenemos Agencia de protección de datos, pues solo existe en el texto de un proyecto de ley que lleva siete años en la Asamblea Legislativa, al que las protectoras de crédito le tienen pavor. No se podía esperar lo contrario. En el tanto nada ni nadie las regule, su negocio seguirá siendo altamente lucrativo a costa de diversas injusticias cometidas a diario.
Quienes hemos sufrido abusos de las protectoras de crédito a nuestra intimidad y a nuestro derecho a la autodeterminación informativa contamos al menos con la posibilidad de presentar un recurso de habeas data ante la Sala Constitucional. El problema es que la Sala se ha demorado hasta un año para resolver este tipo de conflictos. Peor aún, en algunas ocasiones les ha dado luz verde a las empresas administradoras de bases de datos para que persistan en sus conductas violatorias.
La Sala ha prohibido el suministro de información fotográfica personal, de ingresos salariales reportados a la CCSS, de direcciones de domicilio, de información de familiares y de juicios civiles con más de cuatro años de cancelados o incobrables. Curiosamente, en otras sentencias los mismos magistrados han considerado que sí es constitucional la comercialización de todos estos datos. Haciendo una atinada lectura de esta realidad, el nuevo magistrado constitucional Fernando Castillo afirmó, en términos generales, que la jurisprudencia de la Sala Constitucional es “muy cambiante, es muy contradictoria y muy superficial”.
¿Qué se requiere para que ya no sea más la Sala Constitucional sino una Agencia de protección de datos la encargada de resolver recursos de habeas data? ¿Qué será necesario para que las transgresiones se resuelvan en dos días y no en un año? La respuesta es simple: voluntad de los diputados para aprobar una ley reguladora de protectoras de crédito.
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