En las últimas décadas, la sociedad costarricense ha demandado mayor eficiencia y transpa- rencia en la prestación de los servicios en general, lo que ha provocado que el sector público haya tenido que sufrir cambios profundos en todas sus esferas.
Ante esta realidad, el Poder Judicial como institución y los jueces en particular, no podemos ser simples espectadores. Debemos enfrentar los retos con energía, responsabilidad, compromiso y una alta dosis de creatividad, proponiendo más ideas e implementando soluciones a los viejos problemas que afectan la administración de justicia, con impor- tantes aciertos y el replanteamiento de aquellas iniciativas cuya ejecución generó externalidades no acordes con el fin propuesto.
En ese conjunto de esfuerzos por mejorar la calidad de la justicia, está el encaminado a modificar el paradigma tradicional que ubicaba la justicia como una actividad supra estatal, dándole un enfoque de servicio público donde el usuario es el elemento principal. Ello ha permitido renovar las acciones de mejora e incentivar otras que no habían encontrado terreno fértil, y que urge implementar.
Dentro de las acciones impostergables, se enmarca la reciente decisión de la Corte Plena tendiente a diseñar y poner en práctica un sistema de evaluación del desempeño a nivel institucional, con el fin de modificar en forma sustantiva los resultados que se obtienen en la relación de los recursos invertidos y los resultados obtenidos. Además, es una demanda que la Constitución y la legislación vigente nos impone como obligación al señalarnos la necesidad de rendir cuentas en forma transparente por los actos realizados en el desempeño de nuestras funciones públicas.
Servicio público. Con ello hacemos valer el compromiso frente al resto de los Poderes Judiciales de Iberoamérica, en cuanto a establecer mecanismos de evaluación de desempeño, tal y como quedó plasmado en la VI Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, celebrada en Santa Cruz de Tenerife, Las Canarias, España, donde se aprobó y promulgó el Estatuto del Juez Iberoamericano. Del mismo modo, el Proyecto de Ley del Estatuto de la Justicia y Derechos de las Personas Usuarias del Sistema Judicial contiene una serie de disposiciones que, aun en su carácter dicho, señalan en forma inequívoca el camino a seguir.
La concepción de una justicia entendida como un servicio público y no como una justicia poder, es lo que nos puede permitir un mayor desarrollo y consolidándose en la esfera social, ya que esa concepción nos deslinda sin duda alguna, de visiones y pensamientos supraestatales que históricamente han generado resistencias y un anquilosamiento en la propia organización judicial.
En años recientes, este cambio de paradigma y desmitificación de su esencia, ha permitido al Poder Judicial de Costa Rica avanzar significativamente en temas tan relevantes como el de la calidad de la justicia, la transparencia de los órganos judiciales, la accesibilidad y la incorporación de la tecnología a los procesos. Por supuesto, estamos en un proceso de mejora continua sin haber alcanzado necesariamente los niveles esperados.
No obstante, las mejoras procesales, procedimentales y tecnológicas han puesto en evidencia que la esencia de la calidad en la administración de justicia está en función de los seres humanos que la ejercen: los jueces y las juezas. Efectivamente los juzgadores somos funcionarios que brindamos un servicio público, y por tanto, sujetos del marco legal que exige la implementación de normas de calidad que certifiquen o acrediten al usuario un trato pronto y ajustado al derecho.
El Poder Judicial tiene como actividad sustantiva el ejercicio de la función jurisdiccional; por tal motivo, la aplicación de mecanismos para evaluar y potenciar el desempeño de los jueces y juezas se convierte no solo en una labor necesaria y meritoria, sino imprescindible para el buen accionar de la Institución. Ello, evidentemente, con el sagrado respeto al principio de la independencia judicial
Justicia de calidad. La evaluación del desempeño es una herramienta esencial para lograr una justicia de calidad. Las bases que estamos intentando construir con la creación de un sistema de evaluación del desempeño, propician un enfoque sistémico e integral, con parámetros y externalidades aplicables a cualquiera de los ámbitos y con una amplia participación de la sociedad por medio de los justiciables. No obstante, desde una perspectiva estratégica, la institución ha decidido dirigir sus esfuerzos primeramente hacia su accionar primordial, específicamente hacia la judicatura, para trasladarlos luego, gradualmente, a las otros ámbitos institucionales, como el del Ministerio Público, la Defensa Pública y la administración en general.
Para ello se parte de una verdad indebatible:evaluar el desempeño de los jueces es una tarea que reviste un alto grado de complejidad . En efecto, las experiencias en otras latitudes han demostrado la dificultad que conlleva su aplicabilidad, y, sobre todo, la determinación de indicadores adecuados; sin embargo, ello no debe ser excusa para evadir esta obligación, sino más bien debe ser acicate para construir en forma participativa un sistema lógico y de posible aplicación; pues solo con la participación comprometida, transparente y abierta de los diversos actores – como lo pretende el Poder Judicial –, es que se podrá diseñar un sistema efectivo, encontrándose respuesta a las grandes interrogantes: ¿para qué se evalúa?, ¿qué se evalúa?, ¿cómo se evalúa?, ¿quién evalúa?, ¿cuándo se evalúa?
Gracias al apoyo del Programa “EUROSocial-Justicia” y al Consejo General del Poder Judicial de España, en los próximos días tendremos la visita del Dr. Javier Senac Azanza, experto reconocido en Europa en el tema de los sistemas de evaluación del desempe-ño en la judicatura, quien asistirá, como asesor, a los seminarios-talleres que se desarrollarán sobre el tema, en los cuales participarán jueces y representantes de los diferentes sectores judiciales y del Colegio de Abogados.
La meta es construir entre todos y antes de fin de año, un sistema de evaluación del desempeño dentro del Poder Judicial que permita hacer realidad la afirmación de Paul Li de que"La calidad de la justicia no puede ser mayor que la calidad de los jueces”. Y agregaría, sin jueces de calidad, nunca podrá haber una justicia de calidad como servicio público.