Columnistas

Radar: Uso y abuso de datos

Contar con guías claras para la clasificación, el acceso o restricción de datos personales acumulados en registros o “bases” del país es un gran avance hacia el indispensable equilibrio entre el derecho a la intimidad o privacidad.

Eduardo Ulibarri Bilbao
Eduardo Ulibarri Bilbao

Buena noticia: después de un largo proceso, contamos con guías claras para la clasificación, el acceso o restricción de datos personales acumulados en registros o “bases” del país. Es un gran avance hacia el indispensable equilibrio entre el derecho a la intimidad o privacidad, esencial para el ser humano, y el derecho a obtener información útil, esencial para la sociedad.

En nuestro caso, ese balance debe articularlo la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes, con base en la ley sobre la materia aprobada en el 2011. Tras su “paulatina” aplicación, dice La Nación del 31 de diciembre, ya está en plena vigencia, y uno de sus mayores aportes es definir tres categorías de datos: públicos, como la cédula (de acceso irrestricto); restringidos, como el salario (de acceso limitado); y sensibles, como expedientes médicos (de dominio privado).

‌
‌

‌

‌
‌

‌

‌