Al cierre de 2024, Chile contabilizaba inversiones en concesiones ejecutadas por más de $17.000 millones. Sumando las adjudicaciones pendientes de ejecutar, el total ascendía a entre $26.700 y $29.100 millones, según las fuentes. Su cartera se concentraba principalmente en carreteras y transporte vial (70% a 76 %), hospitales y cárceles (10% a 12 %), aeropuertos (6% a 9 %) y plantas de tratamiento (3% a 5 %).
Costa Rica, en cambio, no ha logrado resultados siquiera comparables. Desde la promulgación de nuestra ley de concesiones, en 1998, los avances en obra pública, bajo este esquema, han sido muy escasos, a pesar del enorme déficit de infraestructura que limita la competitividad del país.
El informe Estudios Económicos de la OCDE: Costa Rica 2025 describe un panorama realmente desalentador en materia de infraestructura vial, portuaria y de transporte. Atribuye el limitado uso de alianzas público-privadas a la falta de capacidad institucional del Consejo Nacional de Concesiones. Más allá de este y otros diagnósticos y estudios –que, de seguro, debe haber muchos–, debemos concentrarnos en la búsqueda de las soluciones.
Como una segunda etapa de su exitoso programa de concesiones, Chile aprobó la Ley N.º 21.082 en 2028, mediante la cual se creó el Fondo de Infraestructura, S. A. (Foinsa). Esta sociedad pertenece en su totalidad al Estado, pero se rige por el derecho común y el régimen jurídico aplicable a las sociedades listadas en bolsa.
Su patrimonio está constituido por el capital social; los aportes del Estado de bienes de uso público; bienes inmuebles, a través de las expropiaciones que el Estado realice a solicitud del fondo, y las carreteras cuya explotación se encuentra regulada por la ley de concesiones, facultándose al fondo para explotarlas una vez finalizado el periodo de la respectiva concesión.
El Estado chileno no entrega dinero en efectivo al fondo, sino que lo capitaliza con los derechos económicos que generan ingresos por el uso o explotación de la infraestructura existente. Estos flujos pueden titularizarse, reinvertirse en nuevas obras o destinarse a asociaciones con el sector privado, sin recurrir al presupuesto público. Se trata de un mecanismo de “reciclaje de activos” que permite multiplicar la inversión estatal en infraestructura y contribuir a la sostenibilidad fiscal.
Costa Rica podría adaptar este modelo creando una sociedad administradora de fondos de desarrollo de infraestructura pública, encargada de estructurar y ejecutar los proyectos estratégicos que el país requiere.
El Estado podría ceder a cada fondo administrado por esta sociedad los derechos de uso y explotación de los bienes necesarios para desarrollar cada proyecto en particular. Al igual que toda sociedad administradora de fondos de inversión, cada fondo sería independiente patrimonialmente respecto de la sociedad.
Para levantar capital, las participaciones de los fondos o los títulos de deuda convertibles en participaciones se colocarían en el mercado financiero para ser adquiridas por inversionistas institucionales, generando rendimientos de largo plazo ideales, por cierto, para los fondos de pensiones, a partir de los peajes o pago de tarifas.
Nótese que esta propuesta no supone la privatización de los bienes del Estado, el cual siempre preservará la propiedad de los activos y cederá solamente los derechos de uso y explotación de estos.
La sociedad administradora podría recibir ingresos adicionales, dispuestos a través de su misma ley de creación, obtenidos de las subastas de las concesiones y el cobro de un royalty de un mínimo del 5% del valor equivalente a las ventas brutas que se obtendrían en las concesiones de explotación de la minería metálica a cielo abierto en el distrito de Cutris, cantón de San Carlos. Es decir, dándole un uso diferente al planteado en el proyecto de ley presentado por la actual administración (expediente 24 717), que propone destinarlos a la Municipalidad de San Carlos, al financiamiento de infraestructura de ese cantón, a la reparación de los daños ambientales y a la Caja Única del Estado.
Esto, después de que Costa Rica ganara el arbitraje a la empresa Infinito Gold. Una forma pragmática y racional de aprovechar el oro que ahora es saqueado por extranjeros indocumentados y mafias, quienes, a cambio, solo nos dejan un creciente e incontrolable desastre ambiental. El peor de los mundos.
Adicionalmente, la propuesta brinda una opción para que los fondos de pensiones puedan invertir localmente en valores para financiar la infraestructura pública que el país requiere, mientras se analizan y, eventualmente, se implementan las reformas requeridas para que puedan invertir en productos alternativos, lo cual también puede incluirse en este proyecto de ley, con una reforma a la Ley de Protección al Trabajador.
Lo dejo sobre la mesa.
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Yanni Sterloff es abogado especialista en regulación de los mercados financieros y pensiones.
