
Mientras discutimos sobre carreteras, puentes, trenes y otras obras públicas, solemos olvidar una infraestructura silenciosa que trabaja todos los días sin cobrar salario y sin consumir electricidad. Me refiero a los árboles. Por eso, merece especial atención una ley recientemente aprobada que, pese a su gran relevancia, ha pasado prácticamente inadvertida. Se trata de la Ley de Arbolado Urbano, N.° 10.939, del 30 de abril del año en curso.
En su artículo 1, la nueva ley indica que su objetivo es “fomentar la plantación, conservación y gestión en áreas públicas y el fomento del resguardo en áreas privadas del arbolado urbano, como parte de la infraestructura verde urbana, con el fin de mejorar los servicios ecosistémicos, promover ciudades más sostenibles, seguras y resilientes, que brinden mayor bienestar a las personas y colaboren con la protección de la biodiversidad”. El numeral 3 declara ese propósito de interés público.
Por “árbol urbano” se entiende, según el artículo 4, una “planta leñosa, por lo general de un solo tallo, plantado o no, con una altura mayor o igual a cinco metros (5 m) en su estado maduro, aislado o en grupo y ubicado en plazas, jardines, parques y otras áreas verdes de pueblos y ciudades”.
Más adelante (artículo 5) se advierte de que: “Toda institución pública que administre espacios físicos que posean o tengan potencial de poseer cobertura vegetal será responsable de ejecutar las actividades de gestión, plantación y mantenimiento de los árboles y otras plantas leñosas ubicadas en las zonas que administran, utilizando las mejores prácticas de arboricultura, con recursos propios”. Entre esas dependencias públicas se encuentran los gobiernos locales, el MOPT, el Incofer y las empresas prestadoras de servicios públicos.
Por otra parte, se obliga a todos los desarrolladores inmobiliarios a que tramiten una evaluación de impacto ambiental ante la Setena, entidad a la que deberán presentar un plan de protección y arborización, en las condiciones detalladas en los numerales 10 y 14 de la nueva ley.
Ahora bien, en los procesos de arborización urbana, dice la normativa, se deberán incorporar prioritariamente especies de árboles o arbustos nativos o endémicos del territorio o zona de vida, “y ser adecuados para cada espacio físico, considerando su crecimiento futuro en altura, diámetro, diámetro de copa, morfología y sistema radicular” (artículo 11). Esto me parece particularmente acertado, pues evitará errores del pasado, cuando se plantaban especies inadecuadas que terminaban dañando aceras, tuberías o tendidos eléctricos.
En el artículo 17 se faculta a las instituciones públicas que administren espacios físicos con áreas verdes para “establecer convenios de colaboración con entidades públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales (ONG), asociaciones comunitarias, organismos de cooperación internacional, universidades e institutos de investigación para la ejecución de proyectos de arborización urbana”.
Los ordinales 19, 20 y 21 de la ley establecen las potestades sancionatorias, tanto de las municipalidades como del Sinac del Minae, para castigar con multas las infracciones que afecten al arbolado urbano, sin perjuicio del deber del infractor de indemnizar y reparar el daño ambiental, así como de las respectivas responsabilidades penales y administrativas.
Como decía, esta nueva legislación me parece de una importancia capital, a pesar de que algunas personas podrían considerarla secundaria frente a necesidades más urgentes.
La evidencia científica demuestra que los árboles urbanos generan beneficios ambientales, sanitarios, económicos y sociales difíciles de igualar mediante otras clases de inversiones en infraestructura. Y lo mejor es que constituyen un medio comparativamente barato de lograr esas finalidades versus las alternativas artificiales.
En efecto, entre los beneficios ambientales, se ha demostrado que los árboles urbanos absorben dióxido de carbono, ayudando a mitigar el cambio climático; filtran contaminantes del aire como partículas finas, ozono y óxidos de nitrógeno; producen oxígeno; favorecen la infiltración del agua de lluvia, reduciendo así inundaciones y escorrentías; proporcionan hábitat para aves, insectos polinizadores y otras especies.
De gran importancia, reducen el calor que hace que las ciudades sean varios grados más cálidas que las zonas rurales.
En una calle sin árboles, el asfalto y los edificios absorben radiación solar durante todo el día. En una calle similar con árboles, la sombra puede reducir significativamente la temperatura superficial del pavimento y hacer mucho más cómodo transitar durante las horas más calurosas.
En el terreno sanitario, muchos estudios han encontrado que vivir cerca de áreas arboladas se asocia con menor estrés y ansiedad, mejor salud mental, mayor actividad física, reducción de enfermedades relacionadas con el calor y menor exposición a contaminación atmosférica y ruido. Incluso, la simple vista de árboles desde una ventana puede contribuir al bienestar psicológico.
Pero los árboles también generan valor económico: reducen el consumo eléctrico al disminuir la necesidad de aire acondicionado, aumentan el valor de las propiedades, hacen más atractivas las zonas comerciales y turísticas, así como reducen costos asociados a la gestión de aguas pluviales y al deterioro de infraestructura por calor.
La ONU ha señalado que la infraestructura verde urbana genera beneficios económicos que frecuentemente superan los costos de su establecimiento y mantenimiento (ONU-Hábitat, 2023). Dicho de otra forma: sembrar árboles no es un gasto; es una inversión.
Finalmente, en el plano social, los espacios verdes arbolados fomentan la convivencia comunitaria, crean lugares de encuentro y recreación, mejoran la percepción de seguridad y confort urbano y contribuyen a una identidad visual más agradable de la ciudad.
Por supuesto, existen quienes consideran que las prioridades nacionales deberían concentrarse exclusivamente en obras de infraestructura tradicional. Nadie niega la importancia de carreteras, puertos o sistemas de transporte eficientes.
Pero esa visión plantea una falsa disyuntiva: las ciudades modernas necesitan ambas cosas. Necesitan concreto donde el concreto es indispensable y naturaleza donde la naturaleza aporta soluciones más eficientes y humanas.
La aprobación de la Ley de Arbolado Urbano constituye una excelente noticia para Costa Rica. Reconoce formalmente que los árboles no son simples elementos decorativos, sino componentes esenciales de la infraestructura urbana.
Ahora corresponde pasar de las buenas intenciones a la ejecución. Las leyes, por sí solas, no producen sombra ni mejoran la calidad del aire. Eso lo hacen los árboles reales, sembrados, protegidos y cuidados durante años.
Ojalá dentro de algunas décadas podamos mirar nuestros barrios y ciudades y comprobar que esta normativa marcó el inicio de una transformación profunda. Si eso ocurre, las futuras generaciones disfrutarán de calles más frescas, barrios más saludables y comunidades más agradables para vivir. Pocas inversiones públicas ofrecen una recompensa tan amplia y duradera.
hess.nrdqa@passmail.com
Christian Hess Araya es abogado e informático.
En la elaboración de este artículo se contó con apoyo de IA para el resumen de los beneficios del arbolado urbano.
