Es posible que cuando este artículo se publique se haya disipado la controversia por el nombramiento del representante de Costa Rica ante la OCDE. Se habrá abundado en razones para apoyar o cuestionar la designación, que según la ley recae en el Consejo de Gobierno por iniciativa del ministro de Comercio Exterior.
Pero el asunto tiene miga para ser explorado un poco más, y es útil para perfilar algunas peculiaridades de nuestro sistema de gobierno. Además, puede servir de excusa para rebuscar en el tema de la ilegalidad pública, es decir, en la degradación de las reglas del juego institucional o en la declinación de la ley como resultado de un ordenamiento sobreabundante, muchas veces incoherente y disperso.
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La ley que regula esta materia dispone que la delegación permanente de Costa Rica ante la OCDE dependerá para todos los efectos del Ministerio de Comercio Exterior. Agrega que el Consejo de Gobierno, por iniciativa de ese ministerio, designará al funcionario que representará al país ante dicha organización.
Como es sabido, la designación la hizo el Consejo de Gobierno, pero con la defección, precisamente, del ministro de Comercio Exterior, que votó en contra del nombramiento, es decir, se opuso a él. Si por iniciativa debe entenderse que el designado tenía que ser propuesto por el susodicho ministro, y no ocurrió así, el procedimiento contrasta con lo estipulado en la ley. El funcionario ha declarado que su cartera propuso otra cosa, y la razón que ha dado para hacerlo es convincente (La Nación, 8/7/2021).
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Más allá del ajetreo político que el asunto concreto ha provocado, y de la perturbadora situación en que el Poder Ejecutivo se ha colocado, la notable distancia entre lo que la norma demanda y lo que el Consejo de Gobierno ha hecho ilustra un caso de sustitución de la ley, fenómeno consistente en su abandono por un voluntarismo inverso al principio de legalidad, a la idea de que todos los poderes públicos deben obediencia a la ley, en la que se fundan tanto la soberanía popular como el paradigma del Estado de derecho.
Desde otra perspectiva, este asunto ha mostrado los flecos de un órgano constitucional discreto o inadvertido, quizá debido a la moderada importancia de sus atribuciones, o porque sus sesiones son secretas: el Consejo de Gobierno. Se trata de un órgano que manifiesta la verticalidad del sistema presidencialista, dada la posición cimera que en su diseño y operación tiene el presidente de la República.
El autor es exmagistrado.