La Constitución española “es machista sin lugar a dudas”, afirman catedráticos de la Universidad de Sevilla. La información es del diario español El País (edición digital, 28 de octubre), tan resumida que no es posible basarse en ella para conocer los motivos que la sustentan.
Esa Constitución, acusan los académicos, peca de androcentrismo, es decir, obedece a una visión de las relaciones sociales centrada en el punto de vista masculino. ¿Conviene reformarla para que sea más inclusiva e igualitaria?, se preguntan, y responden: “Son tiempos complicados y no sé si ganaríamos o perderíamos”.
¿Qué decir de nuestra Constitución? La asamblea que la dictó en 1949 estaba conformada solo por hombres, presumiblemente imbuidos de la cultura patriarcal de su tiempo. Además, ellos emplearon el texto que había sido derogado de hecho unos meses antes, cuyo origen databa de 1871, como contexto restringido de enmiendas, supresiones y adiciones que cuajaron en el que aprobaron finalmente, y que fueron mayormente innovativas en el ámbito del diseño de la organización y la funcionalidad del Estado. En esas condiciones, es de suponer que de por sí la aventura constituyente no daba para novedosas iniciativas que promovieran la igualdad de género.
De ahí que, por todo ejemplo, una disposición axial de la Constitución como su artículo 33, al mismo tiempo norma y principio, predicaba originalmente la igualdad de todos los hombres ante la ley: solo cincuenta años después, en 1999, ese artículo cambió para afirmar la igualdad de todas las personas, estimulando la equívocamente llamada discriminación positiva que admite dar un trato preferencial a grupos o segmentos sociales tradicionalmente desfavorecidos o discriminados.
¿El tiempo es propicio para reformar de nuevo nuestra Constitución y hacerla más igualitaria e inclusiva? Pienso, como los académicos españoles en su caso, que aquí también los aires que corren son complicados. El androcentrismo jurídico parece que recupera terreno perdido, ahora en alianza con proyectos confesionales que acuden a normas de jerarquía inferior a la Constitución, más asequibles en el mercado político. Así lo ha puesto de relieve en estos días la deplorable norma técnica sobre las mujeres embarazadas en situación de riesgo y las personas por nacer, impuesta por decreto ejecutivo.
Esto me lleva a dar un salto hasta la escritora Joyce Carol Oates: “No puede existir una democracia libre donde uno de los sexos esté encadenado a su destino biológico”.
Carlos Arguedas Ramírez fue asesor de la Presidencia (1986-1990), magistrado de la Sala Constitucional (1992-2004), diputado (2014-2018) y presidente de la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa (2015-2018). Es consultor de organismos internacionales y socio del bufete DPI Legal.