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El mito de la reelección presidencial sucesiva

Estas son las razones por las cuales la reelección presidencial sucesiva no solo no es posible políticamente, sino tampoco jurídicamente

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La Constitución Política de Costa Rica garantiza los derechos y garantías individuales.
Según el artículo 195 de la Constitución Política de Costa Rica, las reformas constitucionales requieren ser aprobadas, en dos legislaturas diferentes, por al menos una mayoría calificada de 38 votos en cada una de ellas. (Shutterstock/Shutterstock)







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