El Ministerio Público tiene la obligación legal de investigar todos los hechos que puedan constituir delito. Esa no es una opción, es un deber. La tortura es uno de los actos más destructivos. Implica que una persona, por una requisa o por una detención, por ejemplo, sufra daños y dolores físicos deliberados sobre su cuerpo. Parece mentira que, a estas alturas, haya que recordar algo tan elemental.
Sin embargo, hay que hacerlo, dado que, frente a la información suministrada por el fiscal general de una serie de denuncias formuladas por privados de libertad, el ministro de Justicia y una diputada oficialista se lo tomaron a guasa. En su lógica maniquea, ambos le atribuyen a Carlo Díaz preocuparse solo por los “delincuentes” y presentarse más como defensor público que como fiscal. Eso me lleva a pensar no solo en cuál es la ética y la concepción del ejercicio de servicio público que tienen, sino en cómo es que las universidades gradúan a gente con semejantes carencias formativas.
El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, un órgano que nació gracias al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, paradójicamente promovido por Costa Rica hace más de 20 años –qué lejos se ve hoy todo aquello!–, ha documentado episodios que sugieren la existencia de prácticas inhumanas y entornos torturantes en los centros penales nacionales.
