El domingo 31 de agosto viví una experiencia indignante en la tienda outlet de Skechers. El personal me exigió revisar mi bulto personal, un bolso pequeño que nunca abrí dentro del local. Al saber que esta práctica es ilegal en nuestro país, me negué. La respuesta del empleado fue bloquearme físicamente la salida e impedirme abandonar el establecimiento hasta que cediera a su imposición.
Este procedimiento constituye un grave abuso de poder. En Costa Rica, ningún comercio puede obligar a un ciudadano a mostrar sus pertenencias sin su consentimiento ni retenerlo por la fuerza. Estas actuaciones vulneran el artículo 24 de la Constitución Política, que garantiza el derecho a la intimidad, y el artículo 22, que resguarda la libertad de tránsito.
Impedir la salida de un cliente constituye una privación de libertad que ni el MEIC ni la legislación costarricense avalan. Al final, me vi forzada a abrir el bolso y, claramente, no tenía nada. Los comercios deben invertir en tecnología, no en prácticas coercitivas que atropellan la dignidad. Las políticas internas jamás pueden estar por encima de la Constitución.
Adriana Córdoba Vargas, Alajuela
Cansada de esperar respuesta
Hace casi un mes compré un artículo en un comercio llamado Arte Femenino, dedicado a la distribución de productos para manicura. Realicé la compra por WhatsApp y me lo enviaron por delivery, pero no venía acompañado de factura.
Usé el artículo dos veces y dejó de funcionar. Hice la observación desde el 21 de agosto y, hasta la fecha, no he recibido ninguna respuesta. Cada vez que escribo, me indican únicamente que el supervisor ya está enterado. Día tras día insisto, pero la respuesta sigue siendo la misma: que el supervisor ya está enterado.
La garantía del producto está a punto de vencer o acaba de expirar y parece que no me dan una respuesta para dejar pasar el plazo de la garantía y, posteriormente, no responder por el artículo.
María Victoria Chavarría S., San Sebastián, San José
Absurda prohibición
En un centro educativo privado de Pérez Zeledón le prohibieron a una niña afrodescendiente participar en una actividad alusiva al Día de la Persona Negra porque llevaba un vestido con tirantes. Supongo que el reglamento lo elaboró una persona que considera que tal vestimenta es contraria a las buenas costumbres, lo que no es de extrañar en un ambiente tan retrógrado como el nuestro. Pero cabe preguntarse si lo hicieron por aplicar la norma o para discriminarla por su origen étnico. Hechos de tanta gravedad no deberían pasar inadvertidos.
Sergio Francisco Solano Céspedes, Zapote
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