Hoy, 15 de setiembre, se cumplen 60 años de la entrada en vigencia del Código de Trabajo, hecho que se planteó en conmemoración del aniversario de la Independencia Nacional. Además, porque se pretendía una segunda independencia para la clase trabajadora costarricense al liberarla de su precaria situación social y dignificarla en su trabajo. Este era el altruista desiderátum del presidente Rafael Ángel Calderón Guardia (1940-1944), reformador social de Costa Rica y benemérito de la patria.
La portentosa obra social del Dr. Calderón Guardia también abarca la creación de la Universidad de Costa Rica, de la Caja Costarricense de Seguro Social y del Consejo Nacional de la Producción, la incorporación de las garantías sociales a la Constitución Política, así como la construcción de casas baratas para trabajadores.
Enorgullecedor patrimonio. El legado del eximio expresidente contribuyó decididamente en la constitución del estado social de derecho, en el progreso de la justicia social, así como en la paz social del país, hechos que forman parte del patrimonio nacional, del que nos enorgullecemos todos los costarricenses.
No obstante, en la actualidad se alzan numerosas voces planteando la obsolescencia del Código de Trabajo. Conforme al Dr. Calderón Guardia, las fuentes de inspiración del Código Laboral son: a) las leyes y la experiencia administrativa y judicial que sobre la materia tenían algunos países, como Chile, México, España y Estados Unidos; b) los convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (que tenía en ese entonces 24 años de existencia y 67 convenios adoptados, de los cuales Costa Rica no había ratificado ninguno); y c) la doctrina social de la Iglesia Católica que tenía como su máxima expresión las encíclicas Rerum Novarum, Quadragessimo Anno, Divini Redemptoris y el Código Social de Malinas.
Parece que, como buen estadista, el Dr. Calderón Guardia, de conformidad con las fuentes referidas, nos indicaba, de manera implícita, los fundamentos para actualizar nuestra legislación y nuestro Código Laboral. Por ejemplo, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) –que en 1969, con motivo del quincuagésimo aniversario de su fundación, recibió el Premio Nobel de la Paz, por su aporte a la paz mundial y a la legislación laboral de los países miembros– ha promulgado, hasta el 2003, 185 convenios, de los cuales Costa Rica ha ratificado solamente 50, con lo que se cercena el valioso aporte de la OIT a la legislación laboral del país y se perjudica su bien ganado prestigio en el concierto de las naciones, por su amplio espectro en derechos humanos de carácter laboral.
Modernización necesaria. Por lo anterior, se estima necesario que el Estado costarricense proceda a modernizar su legislación laboral por intermedio de la aprobación de los más relevantes convenios internacionales del trabajo.
Por otra parte, la doctrina social de la Iglesia Católica se ha visto enriquecida, con posterioridad a 1943, con notables cartas pontificias en materia social, entre las que destacan: Mater et Magistra, Pacem in Terris, Populorum Progressio, Laborem Exercens y Centessimus Annus, así como por documentos de la Iglesia latinoamericana y costarricense, que también podrían coad- yuvar en la mejora del Código de Trabajo y de su normativa conexa o supletoria. Con idéntica finalidad, pueden servir la legislación y la experiencia de países democráticos avanzados.
Sirva la fiesta de la patria para que todos los costarricenses, sin distinción de ninguna especie, justipreciemos la reforma social del Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia y nos comprometamos a su mejoramiento permanente.