
La Sala Constitucional confirmó ayer que los periodistas tienen derecho a mantener la identidad de sus fuentes como secreto profesional y no pueden ser obligados a revelarla.
“La Sala Constitucional señala que a partir del derecho a la información, de recabarla y difundirla se puede identificar el derecho a guardar reserva de las fuentes de la noticia”, indica el histórico voto 7548-08.
El tribunal constitucional también determinó que el secreto profesional de los comunicadores cubre no solo las fuentes de información, sino también los apuntes y archivos personales del periodista.
La decisión fue tomada por mayoría por los magistrados Ana Virginia Calzada, Luis Paulino Mora, Gilbert Armijo, Fernando Cruz, Roxana Salazar y Ernesto Jinesta, quien la redactó.
Únicamente se pronunció en contra el magistrado suplente Federico Sosto.
Una garantía. De acuerdo con el voto, “la Sala estimó que la libertad de información tiene una doble condición de derecho fundamental y de garantía institucional para crear una opinión pública libre y fomentar el pluralismo democrático. El referido secreto de las fuentes fortalece esas dos funciones”.
La resolución prosigue: “El secreto de las fuentes no protege solo al informador o al informante, sino también a todo el conglomerado social que es titular del derecho a recibir información. De manera que este derecho es garantía de una prensa libre, fuerte, responsable e independiente”.
En el voto de mayoría, los magistrados estimaron que el secreto de las fuentes tiene límites solamente frente al juez, en el sentido de que este puede ordenar la entrega de documentos.
No obstante, ello podría ordenarse solamente en casos excepcionales y no incluye la posibilidad de ordenar que se revele la identidad de la fuente, según explicó el magistrado Armijo por medio del jefe de la Oficina de Prensa de la Corte, Fabián Barrantes.
Solicitud denegada. El voto fue la respuesta a un recurso de hábeas data planteado por el expresidente Miguel Ángel Rodríguez, quien pretendía que la Sala IV exigiera a La Nación entregarle documentos utilizados en publicaciones sobre el caso ICE-Alcatel que lo involucran.
El abogado del exmandatario, Rafael Gairaud, comentó ayer que es “derecho fundamental” de una parte aludida conocer la información documental que otra parte alega tener.
“No estábamos pidiendo las fuentes, expresamente excluimos la fuente como objeto del recurso, y la Sala resuelve de forma totalmente contraria a lo que nosotros pedimos, saliéndose por la tangente”, aseveró.
Gairaud dijo desconocer el contenido del voto pero aseguró estar sorprendido por la decisión, pues aseguró que tener acceso a la documentación que alguien dice tener en relación con una persona es un derecho garantizado en países como Alemania y España.