
La Sala Constitucional avaló las alianzas comerciales que tiene Racsa con empresas privadas para dar el servicio de Internet por el hilo de televisión por cable.
Lo hizo al rechazar una acción de inconstitucionalidad presentada por el Sindicato de Empleados del ICE (Sideice), en contra de los contratos que tiene Radiográfica Costarricense con tres firmas que comercializan Internet.
El Sindicato alegó que los acuerdos mediante los cuales Racsa autoriza que Dodona S. A. (Amnet), Televisora de Costa Rica (Cable Tica) y Vancouver Overseas Investments ofrezcan Internet, "resultan contrarios al ordenamiento público".
$46.000 al mes. Cable Tica y Amnet ofrecen cerca de 16.000 conexiones de Internet residencial.
Cable Tica le paga mensualmente a Racsa cerca de $15.000 por dar el servicio a su clientes, mientras que Amnet, aproximadamente $30.000.
Ambas firmas suscribieron un convenio con Radiográfica en el año 2000 y fue por tres años. Transcurrido este plazo, los contratos se renuevan anualmente.
Vancouver Overseas Investments fue la empresa con la cual se firmó un convenio para que ofreciera servicios de Internet en la Torre Mercedes, un edificio "inteligente" en Paseo Colón, San José. Pero el contrato no se ejecutó.
El Sideice adujo que la prestación de servicios que impliquen "la explotación de determinado bien público" , requiere autorización de la Asamblea Legislativa.
Tal aseveración la hacen con base en lo que señala el inciso 14, del artículo 121, de la Constitución. Esta cláusula estipula que no podrán salir del dominio del Estado, entre otros, los servicios inalámbricos.
Además, invocaron una opinión jurídica de la Procuraduría General de la República -que funge como abogado del Estado- la cual señaló el 31 de enero del 2000 que los contratos de Radiográfica con las tres firmas "permiten a empresas particulares participar en la prestación de un servicio que se le otorgó en concesión a Racsa".
Pedido. Con base en estos argumentos, el sindicato pidió a la Sala IV que declarara inconstitucional los tres contratos. Además, que ordenaran no pagar indemnización.
Finalmente, Sideice solicitó que se condenara a las juntas directivas de Radiográfica Costarricense y del Instituto Costarricense de Electricidad), así como a los controladores jurídicos como "responsables de los daños, perjuicio y costas procesales que se ventilarán en lo Contencioso Administrativo".
La acción de inconstitucionalidad se presentó el 22 de marzo del 2002, pero el 2 de junio anterior la Sala resolvió declarar sin lugar el alegado del sindicato.
Hasta la fecha, solo se conoce el por tanto de la resolución constitucional y se está a la espera de la redacción total del voto.
El gerente interino de Racsa, Alberto Bermúdez, dijo a través de su secretaria que se referirán al tema hasta que conozcan el voto completo de los magistrados.
"Mal sería que sin tener una comunicación oficial y sin conocer el contenido de la resolución de la Sala Constitucional, ofrezcamos alguna opinión", argumentó el gerente de Amnet, Manuel Méndez.
Tampoco fue posible obtener la versión de los representantes de Televisora de Costa Rica.
Leonardo Meneses, del sindicato, indicó que desconocía si ya la Sala se había pronunciado sobre el alegato que presentaron.