
Edad: 45 años
Profesión: Abogado
Experiencia: procurador y docente
Nacionalidad: costarricense
¿Cómo fue la discusión en torno a la solicitud de Corrales?
Fue un proceso de larga y serena reflexión. Decidimos por unanimidad algo que sabemos trascendental y que no todos los sectores podían recibir con agrado. Fue una decisión de alto impacto político. No deja de generar alguna angustia tener decisiones así, pero estamos preparados.
¿Cómo evaluaron el tema fiscal dentro del Tratado? Puede haber cuestionamientos.
La diferencia del Derecho respecto de otras disciplinas es que en la aplicación de las normas existe un margen relativamente amplio de interpretación. Cuando se conozca todo el argumento, algunos coincidirán y otros no, pero es natural. La interpretación es exclusiva del Tribunal y tiene carácter obligatorio.
Ustedes no son expertos en tributos. ¿Qué criterios usaron?
Es evidente que el TLC tiene implicaciones tributarias, pero no es una legislación tributaria típica; es, ante todo, un acuerdo comercial, que usa herramientas fiscales para incentivar el comercio. Las exclusiones deben ser interpretadas restrictivamente; es decir, que en caso de duda prevalece el criterio popular. Piense en una ley que diga en su artículo 1 “deróguense todos los impuestos del país”. Eso en un referendo puede usarse demagógicamente y afecta la existencia del Estado, pero el TLC está muy lejos de esa situación, pues solo crea un régimen que fomenta el comercio.
¿Cuáles fueron las fuentes de ese razonamiento? ¿Expertos?
No hubo consulta a expertos; nos corresponde decidir según nuestro leal saber y entender.
La decisión sorprendió incluso al presidente Arias. ¿Tan impensable era un referendo para el TLC?
El Tribunal dio trámite desde finales de año a la gestión que presentó don José Miguel Corrales y desde ese momento se convirtió en una posibilidad. Quizá pesó que la Procuraduría General de la República, órgano de altos quilates, ya había externado un criterio contrario a la posibilidad del referendo sobre TLC. Esto fijó una posición inicial en la que muchos confiaron. Pero la última palabra la da el Tribunal donde siempre supimos que el referendo está hecho precisamente para arbitrar decisiones que están políticamente bloqueadas o que amenazan las paz social.
Alguien sospecharía que el TSE lo decidió ante la premura por el poco tiempo que queda al TLC.
La fecha no es antojadiza. El TSE recibió el 15 de marzo el dictamen de Servicios Técnicos de la Asamblea. Entonces nos propusimos un mes como un plazo para decidir.
¿Se siente el TSE incierto por la negativa de la Sala IV de emitir una valoración previa sobre la posible inconstitucionalidad del TLC?
Nosotros pedimos consultar a la Sala IV de manera preceptiva. La Sala entendió que no era la oportunidad de hacerlo y somos respetuosos. Ahora no tenemos un espacio jurídico para hacer una consulta de esa naturaleza y tampoco nos corresponde referirnos al apego del TLC a la Constitución. Nada impide que el TLC pueda ser consultado, pero después de votarse.
¿Cuándo deciden el porcentaje mínimo para que el resultado sea de acatamiento obligatorio?
Será, a más tardar, al momento de convocarse a referendo.
Don Rodrigo Arias dijo que la convocatoria conjunta de Asamblea y Ejecutivo sustituye el procedimiento de las firmas. ¿Es así?
Eso lo decidiremos cuando la Asamblea nos mande el decreto. Evidentemente, la intención del Gobierno es hacer el referendo cuanto antes y ahorrarse la fase de recolección de firmas (hasta 9 meses), pero hay que definir si don José Miguel tiene derecho a recogerlas. Tengo una opinión, pero no lo hemos hablado. Cuando dictamos la sentencia ( el jueves) no previmos que el Gobierno decretaría la convocatoria.
¿Está el TSE preparado para un referendo tan polémico?
La sentencia evidencia una absoluta independencia de criterio suficiente para afrontar un proceso que será de alto voltaje, con dudas y reproches de toda índole.
¿Cómo van a garantizar transparencia con un solo miembro por cada mesa electoral?
El Tribunal no ha definido todos los pormenores. Creo que deberemos autorizar la participación de fiscales de partidos políticos. También promocionaremos la presencia de observadores.
¿Cómo se explica que Costa Rica lleve a referendo temas que otros países dirimen en horas?
Estoy orgulloso de que encontráramos una fórmula que suelte el nudo gordiano. Parecía que este país era una sola línea con trenes en dirección contraria y renuentes a frenar. El referendo viene a dar una línea institucional y civilizada ante ese disenso social.
¿Qué previsión hace de la participación electoral?
La bola de cristal se me perdió, pero tenemos base para creer que el tema generará una mayor participación que las elecciones municipales pasadas (solo el 25%). Lo que no se vale es la trampa; no sería decente que un grupo desaliente la participación llamando a no votar. Se lo digo porque lo vi en una experiencia anterior. Los del “sí” y del “no” deben respetar imperativos éticos y aceptar que pueden ser derrotados. Todos deben tener esa humildad.
¿Qué valor puede tener un referendo sin porcentajes suficiente para hacerlo vinculante?
Una escasa participación significa únicamente que el pueblo deja la decisión en manos de la Asamblea Legislativa, porque la ley lo dice así. Se interpretaría que la mayoría decidió no decidir.
¿Está bien la ley del referendo?
Hay aspectos que veo inconvenientes, como que el TSE cargue con el costo de transporte colectivo el día de la elección. Además, el plazo para organizar la consulta será muy angustiante (tres meses). Esta experiencia, sin embargo, servirá para corregir.
¿Duermen tranquilos usted y las magistradas Zamora y Bou?
Ay, creo que sí. Erigimos un TSE más protagónico .