Captura la evolución salarial de más de un millón de trabajadores en todo el país y las contrataciones y los despidos.
Calcula los porcentajes que se trasladarán al Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) y al Fondo de Capitalización Laboral (FCL).
Identifica la OPC escogida por el trabajador y transfiere allí los fondos.
Entrega al Banco Popular, el 1,25 por ciento aportado por el trabajador y por el patrono.
Coordina con el Banco Popular la devolución del dinero a la cuenta individual de cada trabajador en el fondo del ROP una vez vencido el plazo previsto en la ley: 18 meses (aunque, en promedio, el Banco Popular tiene el dinero durante 24 meses).
La ley indica que debe realizar todas estas operaciones en un período de seis días hábiles a partir del momento en que el patrono pague la planilla.
Si se atrasa, el Sicere debe compensar al trabajador con una multa calculada, multiplicando el capital retrasado por la tasa de redescuento del Banco Central de Costa Rica, por la cantidad de días de atraso.
Maneja la distribución a los regímenes de IVM y enfermedad y maternidad de la CCSS, y coordina el traslado de los fondos cuando un trabajador decide cambiarse de operadora (proceso de libre transferencia).
La Superintenencia de Pensiones (SUPEN) vela para que los aportes de trabajadores y patronos lleguen en tiempo y completos a cuentas individuales en las OPC.
Fuente: Ley de protección al trabajador y entrevistas con SUPEN, Sicere y gerencia financiera de la CCSS.