
Abogados que ganan miles de dólares por tramitar la adopción de bebés costarricenses para parejas extranjeras, se amparan en su gestión en sentencias de juzgados de familia, del Tribunal Superior de Familia y en criterios de la Corte Suprema de Justicia.
Mientras tanto, en Internet circulan anuncios donde se gestionan adopciones de niños ticos por $20.000 y humildes mujeres ticas y nicaragüenses entregan sus bebés a “cuidadoras” desconocidas, quienes atenderán a los pequeños hasta que sean adoptados por extranjeros.
En Europa o Estados Unidos personas deseosas de ser padres pagan a los abogados entre $5.000 y $10.000 en honorarios por conseguirles un hijo, y envían hasta $1.000 mensuales a cuidadoras en Costa Rica, por encargarse de los bebés que adoptarán.
Así lo confirmó Montserrat, en una entrevista telefónica con La Nación , una española residente en Bolivia quien hace dos años intentó adoptar una niña costarricense.
Son las llamadas “adopciones internacionales privadas”, absolutamente legales y respaldadas por abundante jurisprudencia nacional.
Para unos sí, para otros no
La Convención Internacional de La Haya relativa a adopciones internacionales y la Convención de Derechos del Niño estipulan que los Estados deben tratar de que los bebés dados en adopción permanezcan en su país de origen.
Pero los tribunales costarricenses consideran que el Convenio de La Haya –ratificado por Costa Rica en 1995– solo es aplicable a los menores que alberga el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), y por eso una madre puede decidir a quién da su niño en adopción, ya sea a un residente en el país o en el extranjero.
Aún así, en el Poder Judicial hay discrepancias. “Es de conocimiento general que la adopción internacional se convirtió en un recurso legalizado para vender a los niños y las niñas”, aseveró el pasado 3 de octubre la fiscal contra la violencia doméstica y los delitos sexuales, Lillian Gómez, en una nota a la Comisión de Juventud Niñez y Adolescencia de la Asamblea Legislativa.
En votos de minoría, el juez del Tribunal de Familia, Ricardo González Mora, también ha interpretado que la Convención de la Haya es aplicable a todos los menores.
En los últimos cinco años, en el Área Metropolitana se tramitaron 232 adopciones privadas internacionales y 39 nacionales, gestionadas por una decena de abogados.
La dispersión de las estadísticas en esta materia impide tener datos precisos a escala nacional-
Expedientes legalmente limpios
La pugna llegó a tal punto que el 11 de julio del año pasado el PANI pidió a la Fiscalía de Delitos Varios que investigara ocho expedientes de adopciones y la documentación de nueve votos del Tribunal de Familia, donde podría haber irregularidades.
La Fiscalía desestimó la solicitud pues determinó que el trámite de todos los casos se apegó a la ley.
En esos expedientes, que La Nación pudo revisar, constan indicios de una presunta suplantación de la identidad del padre biológico y trámites de adopción simultáneos de una misma bebé para dos madres adoptivas en diferentes juzgados.
También hay sospechas de ocultamiento del paradero de bebés y la existencia de “casas cuna” donde median pagos por atender recién nacidos que serán dados en adopción.
Para la presidenta del PANI, Rosalía Gil, es evidente de que existe un mercado de bebés costarricenses, que se beneficia por el incumplimiento de la Convención de La Haya de parte del Poder Judicial en materia de adociones internacionales.
El tema cobró fuerza tras el hallazgo y rescate de nueve menores guatemaltecos, realizados por la Policía Judicial el pasado 21 de setiembre, en una casa en La Uruca.
Muro judicial
El PANI alega que una adopción privada internacional solo es admisible si el bebé no puede ser integrado a una familia en Costa Rica –el llamado principio de subsidiaridad–, pero el Poder Judicial niega que en esos casos exista tal obligación.
La Defensoría de los Habitantes y la Procuraduría General concuerdan con la posición del PANI.
Si así fuera, el negocio de las adopciones internacionales se extinguiría. Solo en el Area Metropolitana el PANI tiene 69 parejas nacionales en lista de espera para adoptar.
En los tribunales, el PANI se ha opuesto sistemáticamente a las adopciones privadas internacionales si no se ha agotado la opción de dar al bebé a una familia nacional.
Pero la entidad siempre pierde.
En nueve votos revisados por La Nación , el Tribunal de Familia estableció que la subsidiaridad solo se aplica en niños bajo custodia del PANI, defendió la potestad de la madre a decidir a quién le entrega el hijo y criticó a la entidad por atrasar las adopciones internacionales directas.
“Son reiterados los pronunciamientos de este tribunal en alusión al tema de la adopción internacional directa en sede privada, y es la misma argumentación esbozada por el ente rector (PANI) que solo genera atrasos innecesarios en la aplicación del interés superior que debe prevalecer (del niño)”, sentenció el Tribunal de Familia de San José en el voto 1281 del 2000.
Uno de los abogados que hace más trámites de adopciones privadas internacionales, Esteban Soler, alega en sus escritos ante los jueces que “la totalidad de la Jurisprudencia del Tribunal Superior de Familia ha sido abundante, reiterada y uniforme” en avalar sus puntos de vista.
Desde 1992 Soler ha formalizado 27 entregas directas de bebés de sus madres biológicas a cuidadoras o padres adoptivos, según el índice de su protocolo en el Archivo Nacional. Once de los recién nacidos fueron dados a una sola mujer que los atendió mientras eran adoptados.
Soler, quien también tramita adopciones nacionales e internacionales mediante el PANI, rechaza que lucre con esa actividad.
Él expresó que su trabajo es unir padres e hijos y buscar hogares amorosos a niños sin familia.