Los diputados aprobaron una reforma a la Ley sobre Arbitraje Comercial Internacional, con el objetivo de descongestionar los tribunales civiles y reducir la mora judicial. Los cambios incluyen la reducción de plazos procesales y la introducción de audiencias virtuales, entre otras medidas.
La reforma actualiza la normativa costarricense, alineándose con regulaciones internacionales. Países como Brasil, España y México han implementado marcos similares para mejorar la eficiencia judicial.
Entre los cambios, se reduce el tiempo para ciertos trámites nacionales de 15 o 30 días a 5 o 10 días, mientras que los casos internacionales mantendrán los plazos actuales.
Por ejemplo, en situaciones de recusación, la parte que desee impugnar a un árbitro tendrá cinco días en arbitraje doméstico, en lugar de los 15 actuales. Si la recusación no es aceptada, podrá solicitar a otra autoridad que resuelva en un plazo de cinco días, en vez de los 30 días actuales.
Asimismo, el tribunal arbitral podrá decidir sobre excepciones previas al laudo. Si se declara competente, las partes tendrán diez días para recurrir ante el tribunal correspondiente, reduciendo los 30 días actuales en arbitrajes domésticos.
Otra novedad es la posibilidad de celebrar audiencias virtuales mediante videoconferencia, lo que reduce costos y acelera los procesos.
La diputada liberacionista Paulina Ramírez, quien presentó la reforma junto con la independiente Gloria Navas, destacó que la reforma fortalece la capacidad de los tribunales arbitrales para otorgar medidas cautelares antes y durante el proceso, lo que brinda mayor protección a las partes involucradas y previene situaciones que puedan afectar el resultado final.
También, el plan otorga mayor seguridad jurídica, facilidad en la ejecución de laudos extranjeros y flexibilidad procesal, según indicó.
La justificación del texto base señala que una de las principales trabas del arbitraje nacional es la posibilidad de apelar la decisión del tribunal arbitral sobre su jurisdicción ante la Sala Primera de la Corte Suprema. Este recurso suele paralizar procesos por años y es utilizado como táctica dilatoria. Además, la actual legislación no permite a los árbitros dictar medidas cautelares, lo que debilita su capacidad para asegurar el fin del procedimiento.
Con el cambio, se limitará la opción de apelar ante la Sala I. Se podrá hacer, por ejemplo, cuando una de las partes estaba incapacitada o el acuerdo de arbitraje no es válido según la ley aplicable, o bien, si una parte no fue notificada debidamente del nombramiento del árbitro o del proceso, impidiéndole ejercer sus derechos.
Finalmente, Ramírez resaltó que la reforma exige que los árbitros en casos de derecho sean abogados con experiencia y formación en arbitraje, lo que profesionaliza el proceso, mejora la calidad de las resoluciones y genera mayor confianza en las partes.
Además, se limita la posibilidad de impugnar los laudos arbitrales, restringiendo los recursos de nulidad a ciertos casos, evitando así el uso abusivo de estos mecanismos que retrasan los procesos.
El proyecto contó con aportes de la Cámara de Comercio, el Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje (CICA), la Cámara de Arbitraje y Mediación del Colegio de Abogados, el Ministerio de Justicia y Paz, y el abogado Felipe Volio Soley, especialista en la materia.
El CICA celebró la aprobación de la reforma, al señalar que elimina la duplicidad normativa entre la normativa nacional y la internacional, estableciendo un sistema monista.
La reforma busca hacer el arbitraje más eficiente, ágil y atractivo para los inversores, promoviendo su uso como mecanismo alternativo para la resolución de disputas, según CICA.
“Con la aprobación de esta ley, Costa Rica avanza hacia la modernización del arbitraje al crear un único marco jurídico para este importante medio de resolución de controversias. Esta normativa no solo hará más eficiente la resolución de conflictos, sino que también garantizará seguridad jurídica y fomentará un entorno favorable para los negocios, tanto a nivel nacional como internacional”, afirmó Roy Herrera, presidente del Consejo Directivo del CICA.
