Los diputados del Partido Acción Ciudadana (PAC) abogarán por que la votación de este lunes, para definir la reelección o no del magistrado constitucional Paul Rueda, sea nominal.
Dicho sistema consiste en que, ante llamado del presidente del Congreso, cada diputado debe levantarse de su curúl y expresar de viva voz si apoya o no la continuidad del magistrado por otro periodo de ocho años.
La finalidad del PAC, mediante la aplicación de ese método, es que los legisladores se apeguen a los principios de transparencia y publicidad al momento de emitir su voto, alegando que de ese modo lo estableció la Sala Constitucional desde el año 2014, con la resolución número 4182-2014 que interpreta el artículo 117 de la Constitución Política.
Así lo argumenta en una moción que deberá ser analizada el lunes por el plenario.
Sin embargo, de no prosperar, la fracción oficialista se plantea hacer público los votos de sus diputados, los cuales apoyan la continuidad de Rueda.
“¿Cómo se hace publico el voto?. Al final de cuentas los votos importantes son los del ‘no’, por decirlo así, porque son los que se cuentan. Usted necesita tener 38 no para que no se dé la reelección. Nosotros que sí estamos con el ‘sí’, que queremos que él se reelija, estamos en el análisis de cuál es el mecanismo para hacer el voto público”, explicó Víctor Morales Mora, jefe de fracción del PAC.
Una alternativa sería mostrar en público la papeleta, pero la fracción teme que esa acción invalide sus votos.
“Ese es un poco el tema que tenemos que ver. En todo caso, recuerde que aquí lo que importa al final de cuentas, son los votos en contra”, insistió Morales.
La moción del PAC fue presentada un día después de que el presidente del Congreso, el liberacionista Carlos Ricardo Benavides, recibiera un criterio del departamento de Servicios Técnicos que establece el voto debe ser secreto.
Morales asegura que la fracción mantiene su posición de que el actual proceso de reelección de Rueda, no encaja en “ninguno de los casos en que el reglamento expresamente habla de votación secreta”.
"Estamos en la hipótesis de que es una no reelección de un magistrado y que, por lo tanto, para cumplir con lo previsto en la Constitución Política, debe usarse, debe aplicarse el mecanismo de votación pública que es la regla.
“El voto secreto es la excepción, el voto público es la regla. Así estamos fundamentando la moción a efecto de que pueda ser conocida en el plenario”, expuso el legislador.
Los diputados que se oponen a la votación pública, como el jefe de fracción de Restauración Nacional, Eduardo Cruickshank, apelan a que hay una norma de votación secreta ya establecida en la Asamblea Legislativa para las elecciones de magistrados.
Morales considera que los principios constitucionales están por encima de las prácticas, sin embargo, reconoce que esa costumbre no se cuestionó en el pasado por falta de debate.
Otro argumento de los diputados que se oponen a votar en público en el caso de Rueda, radica en que la magistrada de la Sala II, Julia Varela, fue reelecta en setiembre anterior en votación secreta.
El caso de Rueda es diferente, según Morales, desde el momento en que la Comisión de Nombramiento del Congreso, en votación secreta del 13 de junio, recomendó no reelegir al magistrado sin un argumento sólido.
“Realmente no hay puestas en la mesa razones, más lo que han planteado algunos diputados de que no están de acuerdo con el contenido de algunas de sus sentencias y eso nos parece que no es de recibo”, añadió Morales.
Otros argumentos de la moción
En la moción, el PAC también argumenta que el artículo 101 del reglamento legislativo permite que uno o más diputados propongan el uso de la votación nominal, la cual debe ser aprobada por mayoría absoluta de los votos de los presentes.
Agrega que el artículo 109 del reglamento otorga la posibilidad de que el diputado, en la votación nominal, “puede razonar su voto por escrito o verbalmente, limitándose al fondo del asunto”.
El PAC menciona que existe una acción de inconstitucionalidad en curso, tramitada bajo el Expediente N° 18-10546-0007-CO, donde se impugnan varias votaciones secretas en el Congreso que se establecieron amparadas en el reglamento.
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El alegato del recurso, según la fracción oficialista es que, para esas votaciones secretas, se dispuso el reglamento “de manera general atentando contra los principios rectores de publicidad y transparencia que guían el quehacer legislativo”.
De igual forma, señala que, según la Procuraduría General de la República, las votaciones secretas "invierten la regla sobre la publicidad de las votaciones en todos los supuestos indicados”, lo cual viola el artículo 117 constitucional.