Política

Nueva ‘ley jaguar’ no puede ir a referéndum, dice Servicios Técnicos

Informe determina que dos artículos contienen eventuales vicios de inconstitucionalidad y uno, además, toca una materia que está excluida de los referéndums

La ministra de la Presidencia, Laura Fernández, y el mandatario, Rodrigo Chaves, se refirieron al supuesto fallo de la Sala Constitucional ante recurso de amparo presentado por el gobierno. Foto: Casa Presidencial
La ministra de la Presidencia, Laura Fernández, y el mandatario, Rodrigo Chaves, se refirieron al supuesto fallo de la Sala Constitucional ante recurso de amparo presentado por el gobierno. Foto: Casa Presidencial JOHANFRED

La nueva “ley jaguar” presentada por el gobierno de Rodrigo Chaves no puede ir a referéndum, concluyó el Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, en un informe emitido el lunes a solicitud del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

El informe concluyó que dos artículos violarían el artículo 182 de la Constitución Política, el cual establece que la contratación de obra pública se debe hacer mediante licitación. Uno de estos numerales, además, toca una materia que está excluida de la posibilidad de un referéndum: la crediticia.

El TSE debió solicitar el criterio a Servicios Técnicos porque así lo establece el artículo 6 de la Ley de Referéndum, para el caso de las consultas por iniciativa ciudadana. La norma encarga a este departamento del Congreso evaluar el texto desde el punto de vista formal.

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