Los diputados aprobaron este martes, en primer debate, un proyecto de ley que amplía los plazos de espera para borrar el registro de sentencias de los expresidiarios.
Se trata del expediente 23.746, Ley de fortalecimiento del registro judicial, el cual modifica el artículo 11 de la ley 6723, Ley del registro y archivos judiciales.
Concretamente, se amplía, de uno a tres años el periodo para que poder eliminar el registro de la sentencia para una persona que cumplió una condena de entre tres y cinco años de prisión.
En el caso de los delitos culposos, se aplicará el mismo periodo de tres años, es decir, muy superior a la normativa vigente, pues actualmente ese registro se elimina una vez que se cumpla la condena por delitos culposos.
Para las sentencias de días multa, así como las inferiores a tres años, la cancelación de los asientos del registro judicial se podrán realizar inmediatamente que se cumplan las respectivas condenas, que es la norma vigente.
Si una condena va de cinco a diez años, el periodo para mantener el registro de esa sentencia en los archivos judiciales y, por consiguiente, en la hoja de delincuencia, será de cinco años.
En cuanto a sentencias mayores a 10 años, se mantendrá el registro de dicha condena por ese mismo periodo, es decir, el doble de los cinco años que actualmente establece la ley 6723.
Con respecto a las condenas por delitos tramitados bajo el procedimiento especial de crimen organizado, así como terrorismo, delitos sexuales contra menores de edad, homicidio calificado, feminicidio y delitos contra los deberes de la función pública, el periodo de registro judicial se mantiene como hoy, es decir, 10 años.
Igualmente, se mantiene la norma vigente con respecto a la cancelación del registro para los delitos cometidos por una persona en condición de vulnerabilidad y con familiares dependientes, es decir, desaparece del registro apenas se cumpla la condena
En las mociones aprobadas de última hora, este martes, antes del primer debate, también se incluyó una modificación para obligar a que la certificación de condenas incluya la existencia de juzgamientos vigentes, donde las penas puedan ser mayores a cinco años.
La iniciativa fue presentada por el diputado Leslye Bojorges, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).
Priscilla Vindas, del Frente Amplio (FA), destacó que la iniciativa se negoció con el objetivo de garantizar la reinserción en la sociedad de las personas sentenciadas a condenas menores a cinco años, pero, también, para garantizar que las personas que cometieron delitos graves puedan mantenerse en registro por más tiempo.