
El plan de ordenamiento fiscal no introdujo cambios sustanciales a la legislación tributaria, a pesar de la intención original del Poder Ejecutivo de impulsar reformas de fondo.
Así lo reconoció ayer José Armando Fallas, director general de Tributación, quien dijo que las modificaciones fueron mínimas.
Los diputados de la comisión legislativa que tramitó el plan estudiaron y discutieron tres propuestas que contenía el capítulo de reformas al Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Sin embargo, la mayoría fue rechazada luego de que los legisladores no lograron ningún consenso. De hecho, el informe que la comisión rendirá al plenario del Congreso mantiene prácticamente igual la legislación tributaria.
No pasaron
Las iniciativas más importantes incluidas en el texto original eran:
La ruptura del secreto que protege las cuentas bancarias para fines tributarios.
La posibilidad de que procesos judiciales, derivados de líos tributarios, se resolvieran por la vía administrativa.
Un apartado cuyo propósito era fortalecer los derechos y garantías del contribuyente frente a la administración tributaria.
La comisión descartó las dos primeras, debido a críticas y reservas planteadas por varios partidos políticos. La tercera se mantuvo en el plan, pero tampoco introdujo cambios sustanciales.
Además del capítulo de reformas al Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el plan de ordenamiento fiscal contiene otros proyectos.
Estos son los de fortalecimiento de la administración tributaria, el paso a un modelo de impuesto de renta con características globales y mundiales, y la transformación del tributo de ventas en un impuesto al valor agregado (IVA).
El informe que contiene los proyectos llegará al plenario del Congreso alrededor del 18 de diciembre. Pero se prevé que será a finales de enero del próximo año cuando los 57 diputados comenzarán su discusión y, posteriormente, su votación.
Ordenar normas
Fallas explicó que, a pesar de que las propuestas sustanciales no fueron acogidas, la importancia de las reformas a la legislación tributaria consiste en que se pudo ordenar normativa que ahora se encuentra dispersa.
Es decir, se tomaron los artículos y se les centralizó en un mismo texto con el objetivo de facilitar la labor de la administración.
En este sentido, los derechos y garantías del contribuyente fueron precisados y ordenados.
El jerarca destacó el hecho de que se delimitaron los requisitos que debe contener cualquier solicitud de apelación o nulidad por parte del contribuyente, ante las resoluciones de la Dirección General de Tributación.
Dijo que en la actualidad muchas de las apelaciones son rechazadas por la ausencia de los requisitos que debe incluir el afectado.