El Ministerio de Salud tiene la potestad para sancionar y clausurar negocios que vendan cigarrillos, muchos de ellos de contrabando, sin los mensajes sanitarios obligatorios.
Así quedó establecido en el dictamen de la Procuraduría General de la República (PGR) PGR-C-222-2025, del 17 de noviembre, que respondió a la consulta de la ministra de Salud y vicepresidenta, Mary Munive, sobre las sanciones a los establecimientos que comercializan productos de tabaco y sus derivados que carecen de mensajes sanitarios, advertencias y pictogramas establecidos como obligatorios por el Ministerio de Salud.
El documento, firmado por al procuradora Silvia Patiño Cruz, señala que el Ministerio de Salud, como autoridad rectora en materia sanitaria, ostenta competencia general y exclusiva para regular, controlar y fiscalizar todas las actividades vinculadas con la protección de la salud pública, de acuerdo con la Constitución, la Ley General de Salud N.º 5395 y la Ley Orgánica del Ministerio de Salud N.º 5412.
De acuerdo con esas competencias, el Ministerio de Salud puede emitir órdenes sanitarias, imponer sanciones, realizar decomisos y disponer la destrucción de productos que contravengan el orden público sanitario.

Las multas
En este sentido, la venta o distribución de productos de tabaco que carezcan de los mensajes, pictogramas y leyendas sanitarias aprobadas por el Ministerio de Salud constituye una infracción administrativa. Esta infracción se sanciona con multa de 10 a 20 salarios base, y la aplicación de medidas accesorias como el decomiso, la clausura del establecimiento o la restricción de trámites ante instituciones del Estado, según la gravedad de los casos.
“La imposición de estas sanciones debe realizarse mediante un procedimiento administrativo que respete el debido proceso, la motivación del acto y los principios de razonabilidad y proporcionalidad”, establece el dictamen.
Asimismo, la sola “posesión” de productos de tabaco dentro de un establecimiento comercial integra el concepto de “comercio ilícito”, lo que permite la intervención de la autoridad sanitaria aun cuando los productos no estén directamente expuestos a la venta.
En consecuencia, el Ministerio de Salud se encuentra facultado para aplicar las sanciones y medidas correspondientes también respecto a productos hallados en depósito o almacenamiento dentro de establecimientos comerciales.
En los casos que se requiera renovar permisos o licencias ante las instituciones del Estado, los dueños de negocios que se hallaron con cigarrillos de contrabando deberán demostrar, mediante certificación debidamente emitida por el Ministerio de Salud, que se encuentran al día en el pago de las multas establecidas.
El Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y las municipalidades quedan facultados para realizar los decomisos de productos de tabaco que se encuentren ilícitamente en el país.
Todos los productos decomisados serán remitidos a la autoridad judicial competente dentro del plazo de tres días, la cual ordenará el depósito en el lugar que haya dispuesto el Ministerio de Salud para el resguardo de evidencias hasta que dicha autoridad determine lo procedente.
Si habiendo transcurrido un plazo de tres meses, después de finalizado el proceso judicial, el legítimo propietario no se apersona en sede judicial a hacer valer sus derechos, la autoridad jurisdiccional ordenará la destrucción de los bienes.
