Solo 11 conductores borrachos fueron sentenciados a prisión en el primer año de vigencia de la nueva Ley de Tránsito.
En ese mismo período, la Policía de carreteras levantó 3.400 infracciones a choferes que manejaban con más alcohol del permitido: 0,75 gramos por litro de sangre.
Los 11 sentenciados recibieron la pena de cárcel en los Tribunales de Flagrancia de Goicoechea.
Se desconoce si el resto de tribunales de este tipo ha sancionado a otros ebrios, porque del resto del país no hay datos. Según la oficina de prensa de la Corte, estos juzgados generan la información de sus sentencias con un año de retraso.
Además, estas resoluciones deben reportarse al Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), y allí apenas hay seis condenas confirmadas hasta diciembre anterior.
Mientras tanto, los otros casi 3.400 acusados por conducta temeraria penal siguen esperando su fecha de juicio.
Muchos de esos expedientes podrían estarse tramitando en juzgados ordinarios, menos inmediatos, donde la elevación a juicio podría demorar entre 18 y 24 meses más.
German Marín, director de la Policía de Tránsito, descartó que exista desinterés en los Tribunales de Flagrancia para atender los juicios de conductores borrachos.
Según alegó, la Ley de Tránsito es nueva e implica un aprendizaje por parte de los jueces.
“Es probable que los jueces estén más acostumbrados a resolver delitos contra la propiedad”, argumentó Marín.
Sin medidas alternativas. La nueva Ley de Tránsito establece que los conductores ebrios se exponen a sentencias de cárcel que van de uno a tres años de cárcel.
En todos los casos resueltos en los Tribunales de Flagrancia, la sentencia de cárcel se conmutó por medidas alternativas.
La norma permite que cuando se trata de un condenado por primera vez, en lugar de cárcel los conductores realicen 300 horas de trabajo comunal o lleven cursos de reeducación vial.
No obstante, un año después de promulgada la Ley, el Cosevi no tiene casos exitosos de condenados que cumplieran con programas de rehabilitación, cursos de educación vial o trabajo comunal.
Carlos Rivas, asesor legal del Consejo de Seguridad Vial, reconoce que la entidad no estaba preparada para implementar cursos cuando la ley entró en vigencia el 23 de diciembre del 2008.
Según explicó el abogado, encargado del programa de conductores sancionados, hay dificultades para implementar cursos, porque los mismos no pueden chocar con el horario de trabajo de los sentenciados.
En esas condiciones, el cumplimiento de las 300 horas sería a larguísimo plazo.
Según explicó, por ahora el proceso implica esperar a que el Tribunal notifique la sentencia ante el Cosevi y que el condenado se presente en las oficinas del Consejo.
A partir de ese momento, “se le toman los datos a la persona, se le levanta un expediente para cada uno de los casos y de acuerdo a las particularidades laborales de la persona, se trataría de establecer un plan de como se podría cumplir lo que el juez esta ordenando”, agrega Rivas.
Ahora el Cosevi está buscando programas alternativos para los sentenciados. Por ejemplo, que repartan calcomanías retroreflectivas para peatones en edad escolar.
La otra medida es buscar programas del Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), que tengan relación con el delito cometido, pero aún no hay planes en operación, aceptó Rivas.