
El Ministerio de Educación Pública (MEP) comenzó el plan institucional para realizar los nombramientos en propiedad de las plazas vacantes ocupadas actualmente por personal interino.
Así se dio a conocer la noche de este 17 de julio, luego de que la Dirección de Servicio Civil (DGSC) emitiera una resolución enfocada en el transitorio I de la ley 10.777 para mejorar la efectividad del proceso de nombramientos en el Ministerio de Educación Pública.
Según la resolución (RES-DGSC-DG-0239-2026), el MEP tiene hasta el 17 de noviembre para elaborar el plan de nombramientos en propiedad.
El Ministerio tiene contemplado presentarlo ante la Junta Paritaria el 28 de julio y darlo a conocer el 10 de agosto. En un comunicado de prensa, el MEP adelantó que, según sus estimaciones, unas 16.000 personas ser verían beneficiadas.
Se trata de funcionarios que laboran en los siguientes estratos:
- Docente
- Administrativo-docente (directores, subdirectores, asistentes, entre otros)
- Técnico-docente (orientadores, bibliotecólogos, supervisores y asesores, entre otros).
Según el Ministerio, la normativa busca agilizar y hacer más eficientes los procesos de nombramiento dentro del sistema educativo.
Entre la información difundida, se entregó un cronograma en el que se anunció que del 17 de agosto al 21 de setiembre se iniciará el registro de manifestación de interés para las personas que deseen participar en el proceso.
Posteriormente, en el cuarto trimestre del año se verificarán los requisitos legales y académicos y se aplicará la prueba de idoneidad (este examen lo realizarán solamente algunos docentes, esto se determinará después del 21 de setiembre cuando se revise la documentación).
En el cronograma del MEP aparece como última medida el nombramiento en propiedad, sin embargo, no se precisa el periodo en el que se realizaría
¿Qué se requiere para obtener el puesto en propiedad?
La resolución de Servicio Civil indica que para que los nombramientos en propiedad sean procedentes, son necesarios los siguientes requisitos:
- Ser persona funcionaria activa con un movimiento en condición interina, con dos o más años ocupando la misma plaza vacante. Se le considerará con prioridad a estas personas, salvo oposición fundamentada de la jefatura inmediata.
- Reunir los requisitos académicos, de experiencia y legales correspondientes a la clase de puesto, especialidad y subespecialidad respectiva o, cuando resulte aplicable, acreditar el cumplimiento integral de las reglas especiales de clasificación, ubicación o experiencia previstas en el Título II del Estatuto de Servicio Civil, artículos 128, 133, 136 inciso c) y 139.
- Poseer idoneidad comprobada mediante los mecanismos técnicos y legales dispuestos por la normativa estatutaria y de empleo público.
“Para las personas funcionarias que no hayan comprobado la idoneidad, la Dirección de Gestión del Talento Humano (DGTH) del MEP, motivará, elaborará y aplicará los procedimientos requeridos para realizar los sistemas de selección, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 55 del Estatuto de Servicio Civil”, detalla la resolución.
El ministro de Educación, Leonardo Sánchez Hernández, garantizó que los nombramientos actuales no se verán afectados mientras se resuelve el Transitorio I como producto de otros concursos, ascensos, traslados o procesos internos del área del Talento Humano.
“Ya se cuenta con las acciones preparatorias necesarias, para que una vez oficializado el plan institucional, el proceso se ejecute de manera ordenada, eficiente y con pleno respeto a los derechos laborales”, dijo el jerarca.
