La historia de Natalia y Ricardo (nombres ficticios para este reportaje) va más allá de una pareja que busca un embarazo por todos los medios posibles. Un recurso de amparo que interpusieron en mayo del 2024 y que fue fallado con lugar más de un año después, marcó un precedente: la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) no puede negarle sus embriones a quienes comenzaron el proceso de fertilización in vitro en la institución y quieren continuarlo en una clínica privada.
Esto puede dar pie para que otras parejas tengan la opción para trasladar sus óvulos fecundados al lugar de su preferencia.
“Los embriones son de nosotros. Son nuestros hijos, nuestros gametos. Nosotros como pareja tenemos derecho a trasladarlos y transferirlos a la clínica que escogimos. La Caja no tenía ningún derecho sobre esos embriones”, señaló Natalia.
Ricardo añadió: “Que el sistema judicial pueda apoyar los derechos de las personas es un gran logro para el país. Son nuestros hijos”.
Ambos compartieron su historia con La Nación y aseguraron que, aunque el camino ha sido largo y difícil, esto les llena de motivación, porque ya podrán seguir su sueño de convertirse en padres y, a la vez, apoyar a otras personas.
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El comienzo de la lucha en la CCSS
Natalia y Ricardo comenzaron su proyecto de ser padres en el 2019. Cuando en el 2021 llegaron a la Unidad de Medicina de Reproductiva de Alta Complejidad (Umrac) para su fecundación in vitro (FIV), ya conocían bien su condición de infertilidad.
Para ese entonces, ya habían pasado sin éxito por varios meses de relaciones sexuales programadas y cuatro inseminaciones artificiales. También, habían visitado tres especialistas en fertilidad y habían invertido millones en exámenes, medicamentos y tratamientos. Sabían que la FIV era la única opción.
Antes de comenzar el proceso, la pareja tuvo que firmar un manifiesto en el que consentían que, en ningún caso, se procedería a la destrucción de los embriones no transferidos. También, se les prohibía trasladar, para cualquier fin, los embriones no transferidos
Se les advirtió que los óvulos fecundados solo podrían tener dos destinos: o la implantación en el útero de Natalia en la Umrac, o bien, la donación a otras parejas que estuvieran en búsqueda de un embarazo y no pudiera obtenerlo de otra forma.
Ellos dijeron que no fueron obligados a firmar el documento, pero sabían que no podrían continuar con el proceso si no lo firmaban. En su deseo de conseguir un embarazo, se sintieron presionados a aceptar, aunque eran conscientes de que los embriones eran suyos y que la CCSS no tenía por qué decidir sobre ellos.

Natalia y Ricardo pasaron por varios meses de tratamientos y seguimientos en la Umrac. En mayo de 2022, siete embriones llegaron al estado de blastocisto, la etapa en la que procede la implantación.
Los embriones de esta pareja josefina se criopreservaron (se congelaron a muy bajas temperaturas para que subsistieran) y uno se implantó en el útero de Natalia en octubre de ese mismo año. Sin embargo, la implementación de ese embrión no prosperó y el embarazo no se dio.
La pareja narró a La Nación que, durante la transferencia embrionaria, recibieron violencia obstétrica y psicológica. Aunque siguieron el proceso, surgieron problemas en la salud de Natalia y en la logística de la CCSS que retrasaron la segunda implantación. Y ellos no querían esperar.
Por esa razón acudieron un médico privado especialista en fertilidad; el cuarto que visitarían. Con él, iniciaron otra FIV desde cero, la cual tampoco fructificó. Fue entonces cuando consideraron utilizar los embriones que ya tenían en la CCSS, pero recibieron una negativa.
En mayo de 2024, interpusieron un recurso de amparo, dado que no querían continuar el procedimiento en la seguridad social. El amparo fue fallado un año después, este 22 de agosto. En el interín, al sentir que no se resolvía su solicitud, pensaron en recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Nuevo intento de maternidad
Natalia, hoy de 36 años, sabe que en cuestión de 15 días hábiles, el Ministerio de Salud y la CCSS deben tener un protocolo de traslado. Luego, tendrán 15 días para llevarlos a la clínica escogida por ambos.
“El fallo nos da mucha paz. Podemos llevarnos nuestros embriones, bajo un protocolo de seguridad, y vamos a poder usarlos como lo hemos querido hacer desde el inicio”, destacó la mujer.
El matrimonio podrá comenzar un nuevo camino.
“Las embriólogas de Azul Fertility (la clínica escogida por la pareja) van a examinar que los embriones estén bien y escoger los mejores. Y seguir intentando ser papás”, dijo Ricardo.
Uno de sus temores era que, como estaban abandonando el proceso en la seguridad social, donaran sus embriones.
“Los embriones se los querían dejar ellos (la CCSS) y, si nosotros no los usábamos, donárselos a terceras personas. Al final, la CCS no tiene esa potestad, no pueden decidir sobre embriones que son de nosotros”, señaló Natalia.
Ayudar a otras parejas
Natalia indicó que conoce mujeres que también iniciaron proceso en la UMRAC y que también han tenido problemas con sus embriones y la CCSS no se los ha querido dar.
“Lamentablemente, ellas no han podido meter un recurso de amparo, pero nos sentimos muy contentos de que este fallo le ayude a otras personas. Esperamos que muchas parejas salgan beneficiadas”, concluyó Natalia.
Ella contó la historia de una mujer, también de la Umrac. No tuvo acceso a un estudio genético de sus embriones porque la CCSS no lo permite. El embrión que le implantaron estaba con varios defectos genéticos. Sufrió un aborto espontáneo.
“Ella le solicitó a la Caja que le diera los embriones que tenía vitrificados para llevárselos a otra clínica para hacerles un estudio genético y evitar lo que ya le sucedió. La Caja tampoco se los devolvió. Este fallo podría abrirles las puertas a ella”, subrayó.
Ricardo añadió: “someterse a un procedimiento sin hacer los estudios genéticos puede exponerlos a un montón de negativos, abortos indeseados. Si la pareja quiere hacerse estos estudios y no puede hacerlo en la CCSS, debe tener la opción afuera”.
