Para combatir el comercio en las adopciones de bebés costarricenses por extranjeros, jueces del Tribunal de Familia demandan reformas que cierren portillos legales.
Piden también fortalecer a las instituciones vinculadas con la infancia y critican la falta de voluntad política para combatir el problema.
Molestos por una serie de publicaciones de La Nación acerca de posibles anomalías en procesos de adopciones internacionales, los jueces alegaron que se encuentran limitados por los vacíos legales.
Aducen que tienen pocas posibilidades de detectar irregularidades pues los procesos llegan a sus despachos con los requisitos formales en regla y cuando el trámite está avanzado.
En la entrevista estuvieron los jueces Nidia Sánchez, Olga Muñoz, Aracelly Solís, Óscar Corrales y Diego Benavides, además del jefe de prensa de la Corte Suprema de Justicia, Fabián Barrantes.
Los juristas reconocieron que por 20 años ha habido una mercantilización de las adopciones internacionales directas, y que los abogados cobran a extranjeros sumas exageradas, hasta de $40.000 (unos ¢12,3 millones), por tramitar la adopción de bebés costarricenses.
“Urge revisar la legislación y los honorarios de los abogados; si no ponemos coto, seguirán lucrando”, declaró la jueza Olga Muñoz.
Según la última estadística completa disponible, en el 2001 el Poder Judicial tramitó 430 adopciones, de las cuales 34 fueron directas internacionales y dos adopciones directas nacionales.
En las adopciones directas, la madre biológica entrega directamente su bebé a los padres adoptivos, sin la intervención del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), que se limita a aprobar u oponerse. La decisión final es de un juez.
Pugna por convenio
Los jueces pidieron una reforma al Código de Familia para amparar a todos los niños en las garantías del Convenio de La Haya acerca de las adopciones internacionales.
Este convenio, suscrito por el país en 1990 y ratificado en 1995, establece que las adopciones internacionales son convenientes siempre que se agote primero la posibilidad de entregar al niño a alguno de sus familiares o a una familia del país, para evitar el desarraigo del menor.
Aunque los convenios internacionales tienen un rango superior a las leyes nacionales, los jueces entrevistados alegan que ellos están en la obligación de integrar, en sus sentencias, tanto las normas externas como las internas.
Hasta ahora, al contrario del criterio del PANI, las sentencias judiciales han interpretado que un bebé nacional puede ser entregado a extranjeros sin que se haya intentado antes colocarlo entre las parejas nacionales que desean adoptar niños.
Esta interpretación abre un espacio para que intermediarios nacionales ofrezcan bebés de Costa Rica a posibles adoptantes extranjeros.
A pesar de que los fallos previos no condicionan las siguientes sentencias, los abogados dedicados al trámite de adopciones directas internacionales se fundamentan en las decisiones del Tribunal de Familia, que resuelve las apelaciones de las sentencias de los juzgados de todo el país.
Para adaptar el Convenio a la legislación nacional, en agosto del año pasado, la Asamblea Legislativa modificó el Código de Familia. Esto detuvo las adopciones internacionales directas durante casi un año, pues, para aprobar el trámite, los jueces debían procurar entregar al niño a una pareja nacional.
Sin embargo, en julio pasado, la Sala Constitucional derogó la reforma pues el Parlamento incurrió en errores de forma al aprobarla.
Los jueces admitieron que, en algunos casos de adopciones internacionales directas, los niños han sido convertidos en una valiosa mercancía y que además funcionan redes al margen de la ley.
En su opinión, la responsabilidad de resolver muchos de esos problemas compete a otras instituciones, como la policía, el Organismo de Investigación Judicial, el PANI y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
La Asamblea Legislativa discute de nuevo un proyecto de ley que podría limitar los abusos en el trámite de adopciones internacionales.